Juicio verbal del automóvil. Recurso de apelación. El condenado al pago de la indemnización deberá acreditar haber constituido depósito en establecimiento destinado al efecto del importe de la condena que se le hubiere impuesto, incrementado con los intereses y recargos exigibles, siendo el plazo para su constitución el de cinco días, contados a partir del siguiente de la notificación de la resolución.