Responsabilidad extracontractual. Accidente de trabajo. La responsabilidad laboral del empresario no excluye la posibilidad de demandarle ante la jurisdicción civil, por ser compatible la indemnización que se presta en vía laboral con la civil, dado que los daños que sufre el trabajador como consecuencia del accidente laboral comprenden no sólo los materiales o patrimoniales, sino también los morales o no patrimoniales ajenos a esa aquiescencia pecuniaria.