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Las mutuas laborales no pueden reclamar a las aseguradoras los gastos sanitarios futuros a través de la TGSS.
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Jurisprudencia
Número
1
Fecha
01/01/2022
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
5
Formato
Página inicial-final
46-50
Notas internas
Notas
Resumen
Las mutuas laborales no pueden reclamar a las aseguradoras los gastos sanitarios futuros a través de la TGSS. En el presente caso, se discute por la aseguradora -que ya ha abonado los gastos futuros al Sistema Público de Salud en cumplimiento del artículo 114 de la LRCSCVM- es si la mutua ostenta o no título jurídico para reclamar vía TGSS dichos gastos sanitarios futuros, si previamente no se le ha reconocido en un procedimiento declarativo tal derecho.
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