La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, deniega el reembolso de los gastos de hospitalización en un centro privado, aceptando los ocasionados desde el momento de la interposición de la demanda hasta su traslado a un centro del Insalud en el caso de la demanda interpuesta por la hermana de una paciente que tras obtener resultados satisfactorios en su reconocimiento fue ingresada tras sufrir un coma mientras completaba estas pruebas en un centro privado, por no considerar la situación descrita como urgencia vital, y actuando en contra del principio general de intrepretación de las normas de la Seguridad Social " In dubio, pro beneficiario"