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Sentencias

Autor
Tribunal
Tribunal Supremo -
Fecha
09/02/2010
Ponente
MARIA LUISA SEGOVIANO ASTABURUAGA
Jurisdicción
Sala
Cuarta
Sección
1
Procedimiento
Recurso
Número de Recurso
1703/2009
Número de Resolución
--
ECLI
Cendoj
Resumen
El actor venía prestando servicios para la empresa Securitas Seguridad, con la categoría profesional de vigilante de seguridad, habiendo sido declarado el 9 de abril de 2007, por resolución de la Dirección Provincial de Toledo del INSS, en situación de incapacidad permanente absoluta, derivada de accidente no laboral, debido a la rotura de ambos nervios ópticos, sufrida tras intento autolítico con arma de fuego, fuera de la jornada laboral. La empresa Securitas Seguridad España, S.A. tiene suscrita póliza de seguro por accidente colectivo con Previsora General, en la que se incluye como garantía el riesgo de muerte, invalidez permanente absoluta, total y gran invalidez por accidente durante 24 horas.
Se entendió que el intento de suicidio del actor y la invalidez permanente absoluta derivada del mismo constituyen un accidente no laboral
Entidades
Lugares
Personas
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