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Sentencias

Autor
Tribunal
Tribunal Supremo -
Fecha
29/09/2009
Ponente
LUIS MARIA DIEZ-PICAZO GIMENEZ
Sala
Sección
Procedimiento
Recurso de casación
Número de Recurso
5734/2004
Número de Resolución
---
ECLI
Cendoj
28079130062009100697
Resumen
Como criterio para determinar la indemnización debe tomarse el importe de los gastos útiles efectivamente realizados, criterio que es precisamente el utilizado por la sentencia impugnada, pues habiendo sido declarada constitucional la Ley autonómica cuya aprobación determina la referida desclasificación urbanística, ésta resulta ajustada a Derecho y, por consiguiente, el afectado no conserva frente al cambio de planeamiento más derechos que los que hubiera ya hecho suyos. De aquí que el único daño ocasionado por la quiebra de la confianza legítima sea, en rigor, la pérdida de los gastos útiles efectivamente realizados con anterioridad a la desclasificación.
Entidades
Lugares
Personas
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