Seguro de amortización de préstamo hipotecario: La suma asegurada opera en caso de siniestro como importe máximo del perjuicio que debe ser cubierto con cargo al seguro, derivado de la imposibilidad de abonar, en todo o en parte, el capital del préstamo y los intereses devengados.Recurso de casación: No cabe invocar como infringidos preceptos genéricos o heterogéneos y no puede solicitarse una revisión de los hechos declarados probados por la sentencia recurrida. Artículo 20 de la LCS: debe excluirse la mora de la aseguradora únicamente cuando de las circunstancias concurrentes en el siniestro o del texto de la póliza surge una incertidumbre sobre la cobertura del seguro que hace precisa la intervención del órgano jurisdiccional ante la discrepancia existente entre las partes al respecto, en tanto dicha incertidumbre no resulta despejada por la resolución judicial. Seguros colectivos: la exigencia de transparencia contractual impone que el asegurador cumpla con el deber de poner en conocimiento del asegurado las cláusulas limitativas con la claridad y recabe su aceptación especial, para lo cual sirve la solicitud de adhesión que se prevé para este tipo de seguros. Distinción entre cláusulas limitativas del riesgo y cláusulas de exclusión. Propuesta de seguro: solicitud que actúa como verdadera oferta de contrato por hallarse recogidas en el documento las condiciones esenciales del contrato de seguro.