Delito contra los recursos naturales y el medio ambiente; es necesario descontar a la cuantía de la multa penal el importe de las sanciones administrativas para evitar la prohibición del `non bis idem`
En esta sentencia se analiza, además del tipo del delito contra el medio ambiente del art. 325 CP, la posibilidad de descontar a la cuantía de la pena de multa, el de las sanciones impuestas en la vía administrativa por los mismos hechos.