El problema que plantea el recurso es si es o no posible imputar al arquitecto demandado la deficiente instalación del depósito de Gas licuado del Petróleo para dotar de energía a las calderas de calefacción y ACS instaladas en la promoción de 24 viviendas en Cogollos (Burgos), teniendo en cuenta que la responsabilidad se le exige en base al artículo 1591 del C. Civil cuyo fundamento normativo descansa en la existencia de ruina, si se debe a vicio del suelo o de la dirección de obra.