Daños. Obras de desagüe realizadas defectuosamente que originan daños a los actores. Inexistencia de concurrencia de causas por obstrucción de la tubería. Absolución de la comunidad de propietarios, del constructor y de la aseguradora y condena del Ayuntamiento por el defectuoso desagüe del colector municipal. En el concepto de ruina del art. 1591 del Código Civil no son de incluir los daños causados por inundación; la obstrucción de tuberías no implica vicio de construcción.