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Sentencia del TS que establece que no es necesario que las exclusiones generales estén firmadas expresamente por el tomador para que se apliquen

Autor
Autor corporativo
Editor
Evento
Organizador
Fuente
Fecha
11/02/2000
Página inicial-final
      Págs. Totales
Tipo documento
Sentencias
Descripción física
Resumen
Recurso de casación por parte de Lagun Aro contra una sentencia previa que obligaba a la compañía a pagar el exceso de indemnización que sobrepasaba el seguro obligatorio en un accidente de automóvil con cargo al seguro voluntario, aun cuando se había demostrado y ratificado mediante sentencia que el conductor estaba bajo los efectos el alcohol. La casación da la razón a la entidad y establece que en las exclusiones de la póliza voluntaria aparece tipificado el caso de embriaguez, y que estas exclusiones, puesto que son de aplicación a todos los asegurados de forma estándar, no es necesario que aparezcan firmadas expresamente, como sí sucede en el caso de las condiciones particulares cuando éstas se refieren exclusivamente a un tomador en cuestión.
Notas
Entidades
Lugares
Personas
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