Sentencia denegando cobro de un seguro por incapacidad permanente de trabajador al producirse ésta después de haber sido despedido, aunque dicho despido fuera declarado improcedente con posterioridad y readmitido el trabajador
Se declara la improcedencia de una indemnización por incapacidad permanente absoluta de trabajador al declararse ésta con posterioridad a la comunicación de despido disciplinario (momento en que se le dio de baja de la póliza colectiva). En la fecha en que se declaró improcedente el despido, el trabajador ya no estaba en la póliza, por lo que no corresponde indemnización. Contiene voto particular.