Tu fuente de información en seguros
 
Impugnación del dictamen de los peritos
Autor
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Jurisprudencia
Número
Fecha
1997
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
203
Formato
Página inicial-final
Resumen
Seguros. Impugnación del dictamen de los Peritos en los supuestos contemplados en el art. 38 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. Plazo. El día inicial de su cómputo es el de la notificación del dictamen que habría de hacerse de forma indubitada como el mismo precepto exige, no bastando con la mera entrega del dictamen, sino que ésta ha de hacerse de tal modo que no se deje la posibilidad de dudas que hayan de disponerse en el proceso mediante pruebas complementarias.
Notas
Lugar/es
Personas
Descarga archivo
Archivo
Texto relacionado
 
novadoc.es