El seguro de RC Médica responde aunque no exista sentencia condenatoria
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BDS Sección Noticias del sector
Fecha
04/01/2005
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Resumen
La Audiencia Provincial de Asturias ha condenado a una compañía de seguros a reembolsar a un médico con el que tenía contratada una póliza de responsabilidad civil la suma entregada a un paciente en un acuerdo extrajudicial. Por la sentencia, la aseguradora tendrá que responder al pago de la indemnización acordada extrajudicialmente con un paciente que sufrió daños tras una intervención de cataratas y que presentó una demanda contra el facultativo por no haber recabado el consentimiento informado del paciente antes de la intervención. La defensa del médico comunicó a la aseguradora la decisión de llegar a un pacto extrajudicial para evitar el perjuicio que una sentencia condenatoria podría tener sobre la solvencia profesional del sector. Ante el silencio de la compañía, el médico y su abogado decidieron pactar extrajudicialmente con el paciente, a quien se le abonaron 6.000 euros en concepto de indemnización. Tras el pago de la cuantía, el facultativo inició un procedimiento judicial de repetición contra su compañía de seguros reclamándole la cantidad satisfecha al paciente. La resolución establece que "el contrato de seguro de RC acordado entre las partes no supedita la obligación de la aseguradora de asumir el riesgo asegurado a la existencia de un pronunciamiento judicial que declare la responsabilidad médica".