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Circular del Consejo General sobre la expedición y remisión de facturas por cuenta del mediador por un tercero

Autor
Autor corporativo
Editor
Evento
Organizador
Fuente
BDS    Sección   Noticias del sector
Fecha
04/04/2005
Página inicial-final
3-4       Págs. Totales 2
Tipo documento
Descripción física
Resumen
El Consejo General de los Colegios de Mediadores de Seguros Titulados ha dirigido una circular a todos los presidentes de los colegios para informar sobre la expedición y remisión de facturas del mediador por parte del destinatario (la entidad aseguradora) o por un tercero (una gestoría o una asesoría que trabaje para el mediador). La Circular 13/2005 viene a ampliar algunos conceptos, relativos a la posibilidad de que la entidad aseguradora emita una factura por cuenta del mediador. En el texto, el secretario general-gerente del Consejo General, Julio J. Henche, recoge los requisitos para que las aseguradoras expidan facturas por las operaciones de intermediación de seguros; existencia de un acuerdo previo entre el mediador que realiza las operaciones y el destinatario de éstas (aseguradora); aceptación de cada factura por parte del mediador (empresa o profesional); remisión por la aseguradora en el plazo de un mes de una copia de la factura al mediador (profesional o empresa) que realizó la operación de intermediación para que éste la acepte en un plazo de 15 días a partir de la recepción; y expedición del documento por parte del asegurador en nombre y por cuenta del mediador que ha realizado las operaciones. Henche recuerda que "idénticas normas son aplicables a los `colaboradores` de corredores y `subagentes`, ya que los destinatarios de sus servicios son `empresas` (personas jurídicas sujetas a impuesto de sociedades) o `profesionales` (personas físicas que ejercen una actividad profesional por la que declaran a efectos del IRPF), por lo que también existe la obligación de `expedir` facturas al corredor/correduría o agente/agencia para la que presta sus servicios, así como el derecho de remitir esta expedición a sus destinatarios (mediadores) conforme las normas que hemos expuesto en los apartados anteriores".
Notas
Lugares
Personas
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