Los subagentes no están obligados a cotizar con efecto retroactivo
Autor
Autor corporativo
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Fuente
BDS Sección Tribunales
Fecha
08/03/2000
Página inicial-final
3 Págs. Totales 2
Tipo documento
Descripción física
Resumen
Según una sentencia de los juzgados de lo Social de Madrid, los comerciales o subagentes de seguros no están obligados a pagar las cuotas de los cinco años anteriores a darse de alta como autónomos.