El Consejo de Ministros segrega los servicios de prevención ajenos de las mutuas
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Autor corporativo
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Fuente
BDS Sección Entorno
Fecha
13/06/2005
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Resumen
El Consejo de Ministros de 10 de junio aprobó un Real Decreto por el que se regula el régimen de funcionamiento de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social como servicio de prevención ajeno. Por una parte, se segrega la actividad de las mutuas como entidades colaboradoras de la Seguridad Social y, por otra, como servicio de prevención ajeno. Las mutuas interesadas en seguir prestando este último servicio tienen hasta el 31 de julio para adoptar el acuerdo en sus juntas generales y hasta el 31 de agosto para presentar el expediente de segregación, que deberá ser aprobado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. La transmisión a la Sociedad de Prevención tendrá efectos económicos desde el 1 de enero de 2005 y el proceso será auditado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. La situación que ha dado lugar a la reforma aprobada tiene su origen en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995, que inició la regulación de esta materia separándola totalmente de la ordenación de la Seguridad Social. Sin embargo, la falta de operadores en el mercado para aplicar la Ley llevó a la eventual participación de las mutuas como servicio de prevención ajeno.