El Gobierno aprueba el nuevo plazo para que los autónomos soliciten sus coberturas por accidente de trabajo y enfermedad laboral
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BDS Sección Entorno
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27/06/2005
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El Consejo de Ministros de 24 de junio aprobó el Real Decreto por el que los trabajadores autónomos tendrán de plazo desde el 1 de julio hasta el 31 de octubre próximos para solicitar la cobertura por accidente laboral y enfermedad profesional. "Con esta medida, el Gobierno atiende la demanda de las organizaciones representativas de los autónomos, que consideraron insuficiente el plazo dado en 2003. Los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de Autónomos (RETA) de la Seguridad Social podrán recibir más prestaciones, al poder optar a la cobertura por contingencias profesionales". Para optar a esta cobertura, los profesionales tendrán que figurar en el RETA el día de la entrada en vigor del Real Decreto y que en la misma hayan optado ya por la cobertura de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes. Para dar a conocer la medida el colectivo de trabajadores autónomos, la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, junto a las organizaciones de autónomos ATA, UPTA, CEAT y los Colegios de Graduados Sociales, van a poner en marcha una campaña informativa y publicitaria en toda España en septiembre y octubre.