La Ley de Ordenación de la Edificación no impone al Consorcio de Compensación de Seguros la obligación de asumir los riesgos que no cubran las aseguradoras, como por ejemplo en el caso del seguro de responsabilidad civil obligatorio en los vehículos de motor. Según Edmundo Angulo, asesor jurídico de la Asociación de Promotores Inmobiliarios de Madrid (Asprima), esta falta de cobertura por parte del Consorcio puede ocasionar que muchos promotores inmobiliarios incumplan la exigencia legal del seguro obligatorio.