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Registros encontrados: 13 Total Páginas: 1
1
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/02/2021
Resumen: 
Se resume y se avanza en la doctrina de la facilidad probatoria, en esta ocasión en un supuesto de RC de la Administración sanitaria, con importantes consecuencias prácticas, muy favorables para los administrados.
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
16/11/2020
Resumen: 
Se resume y se avanza en la doctrina de la facilidad probatoria, en esta ocasión en un supuesto de RC de la Administración sanitaria, con importantes consecuencias prácticas, muy favorables para los administrados.
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro
Editor: 
Fecha: 
01/06/2018
Resumen: 
Qué es una regla sin excepción –que la confirme como tal-, y así se muestra – con buena base argumenta – en la Sentencia nº 217/2018 de 8 de mayo, de la Sala 2ª del Tribunal Supremo, estimatoria en aplicación del principio de presunción de inocencia tras analizar el curso probatorio del caso.
4
Autor corporativo: 
Marsh España
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
02/04/2018
Resumen: 
El autor analiza la anulación por inconstitucional del artículo 76 e) de la Ley de Contrato de Seguro, relativo al arbitraje en el seguro de defensa jurídica, según sentencia del Tribunal Constitucional.
5
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
07/02/2018
Resumen: 
El Boletín oficial el Estado (BOE) publica la sentencia 1/2018, de 11 de enero de 2018, del Tribunal Constitucional por la que estima la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y, en consecuencia, declara que el artículo 76 e) de la Ley 50/1980, del 8 de octubre, del Contrato de Seguro, `es inconstitucional y nulo`...
6
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/05/2014
Resumen: 
Análisis de la sentencia del Tribunal Supremo de 12 de marzo de 2014 en la que se dirime la responsabilidad por fotografías tomadas de una persona y que posteriormente se utilizan en un proceso judicial.
7
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
18/10/2010
Resumen: 
Reseña de la Conferencia Magistral organizada a principios de octubre por Arag, dentro de su 75º aniversario y en la que participó el defensor del pueblo europeo, el artículo incluye algunas de las aportaciones de Diamandouros.
8
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Madrid
Fecha: 
01/06/2010
Resumen: 
Análisis de la Sentencia del Tribunal Constitucional de 25 de noviembre de 2009, donde se habla del plazo para recurrir contra las resoluciones desestimatorias por silencio administrativo, en este caso en un supuesto de responsabilidad patrimonial. Se aplica la doctrina general sobre la materia, de la que al parecer no sa han percatado algunos órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.
9
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
25/11/2009
Resumen: 
Responsabilidad patrimonial. Plazo para interponer recurso contencioso-administrativo en los casos de desestimación por silencio administrativo.
10
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
10-11-2005
Resumen: 
Analiza la distinta interpretación que los tribunales hacen de las cláusulas delimitativas del riesgo en los contratos de seguros, considerándolas, en numerosos casos, como limitativas. Expone el caso de Centro Asegurador, en donde el juez no ha tenido en cuenta el límite contratado a la hora de establecer la indemnización. Apoya la necesidad de modificar el artículo 3 de la Ley de Contrato de Seg... ver másAnaliza la distinta interpretación que los tribunales hacen de las cláusulas delimitativas del riesgo en los contratos de seguros, considerándolas, en numerosos casos, como limitativas. Expone el caso de Centro Asegurador, en donde el juez no ha tenido en cuenta el límite contratado a la hora de establecer la indemnización. Apoya la necesidad de modificar el artículo 3 de la Ley de Contrato de Seguro, para favorecer que las aseguradoras puedan recibir una tutela judicial efectiva. ver menos
11
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
18/04/2005
Resumen: 
Una aseguradora presenta recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por considerar vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva en su dimensión de derecho a la inmodificabilidad de las resoluciones judiciales firmes.
12
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/05/2002
Resumen: 
Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección tercera, sentencia de 12 de marzo de 2001: Daños. Compensación de culpas. La apreciación de oficio de la compensación de culpas vulnera frontalmente el principio de contradicción que informa el procedimieto civil e integra el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva garantizado por el art. 24 de la Constitución.
13
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/03/2001
Resumen: 
Sentencia Sala primera del Tribunal Supremo de 25 de julio de 2000: Tutela judicial efectiva. No puede reputarse que se falta a la tutela judicial efectiva, porque se da una respuesta razonada y fundada en derecho. Congruencia. Resulta de lo postulado en el escrito de demanda y los términos del fallo combatido. El rechazo puede ser correcto o no, pero no puede reputarse incongruente a los efectos ... ver másSentencia Sala primera del Tribunal Supremo de 25 de julio de 2000: Tutela judicial efectiva. No puede reputarse que se falta a la tutela judicial efectiva, porque se da una respuesta razonada y fundada en derecho. Congruencia. Resulta de lo postulado en el escrito de demanda y los términos del fallo combatido. El rechazo puede ser correcto o no, pero no puede reputarse incongruente a los efectos del artículo 359 de la L.E.C. Doctrina de los "actos propios". Para su aplicación se precisa que los actos sean inequívocos en el sentido de crear, definir, fijar, modificar, extinguir o esclarecer sin duda alguna una determinada situación jurídica afectante a su autor y, asimismo, que exista una incompatibilidad o una contradicción según el sentido que de buena fe hubiera de atribuirse a la conducta precedente. Interpretación de los contratos. Es facultad privativa de los órganos de instancia, sin que pueda pretenderse sustituir con el criterio del recurrente la interpretación realizada. Interpretación de los contratos. Es facultad privativa de los órganos de instancia, sin que pueda pretenderse sustituir con el criterio del recurrente la interpretación realizada. Incumplimiento de los contratos. No genera la producción de perjuicios; pero éstos están declarados y probados por la sentencia de instancia que los fija en 30 millones, a más de la cantidad dejada de percibir por la rebaja unilateral. ver menos
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