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Registros encontrados: 15 Total Páginas: 1
1
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/01/2023
Resumen:
Responsabilidad del CCS por riesgos extraordinarios. Daños producidos en el contexto de un control de tráfico por la huida de otro vehículo. Se desestima el recurso de la empresa de leasing propietaria del vehículo.
2
Evento:
Fuente:
BDS
Fecha:
02/11/2022
Resumen:
Ante el aumento de ciertos fenómenos atmosféricos, el autor explica que no siempre los riesgos extraordinarios conllevan cobertura por parte del Consorcio de Compensación de Seguros y pone como ejemplo una sentencia en la que dicho organismo queda exento de indemnizar al perjudicado.
3
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/04/2020
Resumen:
Sobre la cobertura del seguro en distintos ramos en situaciones de pandemia.
4
Evento:
Fuente:
Boletín de Novedades | BISS
Fecha:
19/03/2020
Resumen:
Análisis de las repercusiones que para la industria aseguradora pueden tener las medidas adoptadas por el Ejecutivo para hacer frente a la crisis del coronavirus, en particular el Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma y el Real Decreto-ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19.
5
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/01/2020
Resumen:
Según lo dispuesto en la LCS, las partes del contrato -aseguradora y tomador del seguro- pueden pactar lo que estimen conveniente respecto al pago de la prima, pero esos pactos no son oponibles al CCS, cuya relación jurídica con el tomador y los asegurados es distinta a la de la aseguradora.
6
Evento:
Fuente:
Consorseguros | Boletín de Novedades
Fecha:
2019
Resumen:
Análisis jurídico de una sentencia relacionada con la procedencia de la cobertura por el CCS de los daños derivados de riesgos extraordinarios cuando el pago de la prima del seguro ordinario se produce después de su prórroga, y en virtud de una práctica existente entre la aseguradora y el tomador del seguro, el mismo día del siniestro, una vez transcurridos seis meses después del vencimiento de la... ver másAnálisis jurídico de una sentencia relacionada con la procedencia de la cobertura por el CCS de los daños derivados de riesgos extraordinarios cuando el pago de la prima del seguro ordinario se produce después de su prórroga, y en virtud de una práctica existente entre la aseguradora y el tomador del seguro, el mismo día del siniestro, una vez transcurridos seis meses después del vencimiento de la prima. ver menos
7
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora | Actualidad Aseguradora Mediación
Fecha:
23/04/2018
Resumen:
Contrato de seguro. Reclamación al Consorcio de Compensación de Seguros de una indemnización de daños por riesgos extraordinarios. Existencia de una cláusula de autoseguro.
8
Evento:
CDC
Fuente:
Fecha:
25/04/2014
Resumen:
Ponencia de Pablo Muelas, subdirector general de Seguros y Política Legislativa, en la que nos habla de las novedades legislativas que están en trámite: Baremo de Indemnización, Convenios, Fraude y cobertura de riesgos extraordinarios del Consorcio de Compensación de Seguros.
9
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
18/04/2005
Resumen:
Sentencia del Tribunal Supremo cuya cuestión esencial gira en torno a la aplicación e interpretación del Reglamento de "riesgos extraordinarios", de 29 de agosto de 1986.
10
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
12/04/2004
Resumen:
Principales modificaciones introducidas por el RD 300/2004, de 20 de febrero, que deroga el Reglamento del Seguro de Riesgos Extraordinarios, RD 2022/1986, de 29 de agosto. La novedad más destacable es la inclusión, entre los daños cubiertos por el CCS, de los debidos a pérdidas de beneficios como consecuencia de acontecimientos extraordinarios.
11
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
12/04/2004
Resumen:
Principales modificaciones introducidas por el RD 300/2004, de 20 de febrero, que deroga el Reglamento del Seguro de Riesgos Extraordinarios, RD 2022/1986, de 29 de agosto. La novedad más destacable es la inclusión, entre los daños cubiertos por el CCS, de los debidos a pérdidas de beneficios como consecuencia de acontecimientos extraordinarios.
12
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/06/2001
Resumen:
Sentencia Sala primera del Tribunal Supremo de 22 de noviembre de 2000: Riesgos extraordinarios sobre las personas y los bienes. Los hechos son submisibles en los conceptos de motín y tumulto y el responsable único, legitimado pasivamente, es el Consorcio de Compensación de Seguros.
13
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/06/1999
Resumen:
Las lluvias torrenciales ocurridas entre los días 29 de septiembre y 17 de octubre de 1986 y que, el 5 de este último superaron los 125 litros por metro cuadrado, constituyen riesgo extraordinario a cargo del Consorcio, y ello aunque no fueran expresamente declaradas riesgo extraordinario por la Dirección General de Seguros, conforme prevé el apartado f) del artículo 9 del Reglamento de 13 de abri... ver másLas lluvias torrenciales ocurridas entre los días 29 de septiembre y 17 de octubre de 1986 y que, el 5 de este último superaron los 125 litros por metro cuadrado, constituyen riesgo extraordinario a cargo del Consorcio, y ello aunque no fueran expresamente declaradas riesgo extraordinario por la Dirección General de Seguros, conforme prevé el apartado f) del artículo 9 del Reglamento de 13 de abril de 1956. El tribunal de instancia sentó que a las lluvias de referencia les correspondía la conceptuación de extraordinarias, tras la valoración de las pruebas practicadas y comparación de las caídas en zonas aprobadas más próximas con las denegadas como siniestradas, por lo que no aceptó el criterio de recurrencia utilizado por el consorcio y generador de desigualdad, para atenerse al más equitativo y procedente de pluviometría media. ver menos
15
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1996
Resumen:
Siniestro extraordinario. El Instituto Nacional de Meteorología, si bien acredita la caída de más de 54 litros, por metro cuadrado), respecto de la velocidad del viento indica una racha máxima de 25 kilómetros por hora. No se dan las características para la existencia de una "tempestad ciclónica atípica".
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