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Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
08/07/2015
Resumen: 
Los liquidadores de la aseguradora belga Apra Leven presentan un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para pedir que la Audiencia Nacional levante el embargo a sus inmuebles en Barcelona, con cuya venta se quiere devolver parte del dinero que adeuda a sus asegurados tanto españoles como belgas. Los activos inmobiliarios de Barcelona se encuentran bloqueados desde mayo de 2014 por la q... ver másLos liquidadores de la aseguradora belga Apra Leven presentan un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para pedir que la Audiencia Nacional levante el embargo a sus inmuebles en Barcelona, con cuya venta se quiere devolver parte del dinero que adeuda a sus asegurados tanto españoles como belgas. Los activos inmobiliarios de Barcelona se encuentran bloqueados desde mayo de 2014 por la quiebra de Fortia Vida, que unos meses antes de entrar en liquidación traspasó a Apra Leven el 40% de su cartera de clientes. ver menos
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
14/01/2013
Resumen: 
Una familia afectada por un accidente de tráfico ocurrido en 2007, que costó la vida a un camionero cuando cambiaba una rueda de su vehículo, ha interpuesto una demanda de amparo ante el Tribunal Constitucional para pedir que se declare inexigible la tasa judicial para poder recurrir la cuantía de las indemnizaciones por responsabilidad civil que les corresponde percibir. El gravamen supera los 2.... ver másUna familia afectada por un accidente de tráfico ocurrido en 2007, que costó la vida a un camionero cuando cambiaba una rueda de su vehículo, ha interpuesto una demanda de amparo ante el Tribunal Constitucional para pedir que se declare inexigible la tasa judicial para poder recurrir la cuantía de las indemnizaciones por responsabilidad civil que les corresponde percibir. El gravamen supera los 2.000 euros. ver menos
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
11/10/2004
Resumen: 
El TC estima la demanda de amparo de la entidad aseguradora, al reconocer que la resolución recurrida ha modificado los pronunciamientos de una resolución firme, sin ser consecuencia inescindible de la observancia de un precepto de necesaria aplicación y en consecuencia reconoce vulnerado el derecho del recurrente a la tutela judicial efectiva y lo restablece en su derecho.
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