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1
Ámbito: España
Sala:   Sección:  1
Fecha: 05/02/2024
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 1309/2020
Resolución: 131/2024
Resumen: Ley 57/1968

2
Ámbito: España
Sala: Civil  Sección:  1
Fecha: 07/06/2021
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 4421/2018
Resolución: 387/2021
Resumen: Reclamación de la promotora al arquitecto técnico por incumplimiento contractual. Legitimación activa. Necesidad o no de demandar a todos los agentes intervinientes en el proceso constructivo.

3
Ámbito: España
Sala: Civil  Sección:  1
Fecha: 07/06/2021
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 2574/2018
Resolución: 384/2021
Resumen: Responsabilidad de la promotora. Cómputo del Plazo de un año para el ejercicio de la acción. Defectos constructivos en los garajes y en los patios interiores de las comunidades demandantes. Responsabilidad de las promotoras del edificio. La promotora recurrente intervino en la construcción de los espacios comunes referidos a garajes de ambas comunidades.

4
Ámbito: España
Sala: Civil  Sección:  1
Fecha: 08/03/2021
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 1605/2018
Resolución: 128/2021
Resumen: Compraventa de viviendas para uso residencial. Ley 57/1968. El banco avalista también responde cuando el incumplimiento de la promotora consiste en no entregar la vivienda libre de cargas como se había obligado. Reiteración de doctrina jurisprudencial.

5
Ámbito: España
Sala: Civil  Sección:  991
Fecha: 15/10/2020
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 4252/2017
Resolución: 529/2020
Resumen: Defectos en la construcción. Aplicación de la LOE. Figura del project manager. Su responsabilidad como agente de la edificación, art. 8 LOE.

6
Ámbito: España
Sala:   Sección:  2
Fecha: 08/05/2015
Procedimiento: Recurso de apelación
Recurso: 2096/2015
Resolución: 111/2015
Resumen: Reclamación de subrogación de la aseguradora de los arquitectos de un edificio por los defectos constructivos indemnizados.

7
Ámbito: España
Sala: Primera  Sección:  2
Fecha: 05/05/2015
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 1569/2013
Resolución: 251/2015
Resumen: Reclamación contra la sociedad que gestionada la compra-venta de pisos por defectos constructivos, sobreprecio satisfecho indebidamente, indemnización por retraso de entrega de viviendas y daños morales.

8
Ámbito: España
Sala: Primera  Sección:  1
Fecha: 20/01/2015
Procedimiento: Recurso
Recurso: 196/2013
Resolución: 778/2014
Resumen: En este artículo se aborda la obligación del vendedor de reembolsar las cantidades entregadas por la compra de una vivienda por incumplimiento de los plazos de entrega

9
Ámbito: España
Sala: Primera  Sección:  1
Fecha: 18/11/2014
Procedimiento: Recurso
Recurso: 1671/2012
Resolución: 623/2014
Resumen: Responsabilidad de la promotora, reclamación de cantidad frente a la constructora en concepto de valor de uso por retraso en la entrega de los inmuebles objeto de construcción.

10
Ámbito: España
Sala: Primera  Sección:  1
Fecha: 23/07/2013
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 620/2011
Resolución: 518/2013
Resumen: Responsabilidad por incumplimiento contractual en donde una promotora publicita una edificación privada con unos servicios que no se cumplen en la entrega.

11
Ámbito: España
Sala: Primera  Sección:  1
Fecha: 18/09/2012
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 2202/2008
Resolución: 543/2012
Resumen: Responsabilidad decenal del promotor-constructor. Se lo condena junto con el resto de intervinientes en la obra, a pesar de que estos agentes hayan sido declarados responsables por cuotas determinadas de la ruina afestase al edificio.

12
Ámbito: España
Sala:   Sección:  19
Fecha: 28/09/2011
Procedimiento: Recurso
Recurso: 754/2010
Resolución: 425/2011
Resumen: La sentencia intenta dirimir la responsabilidad decenal de promotores, arquitectos y aparejadores de un edificio a consecuencias de los defectos constructivos de éste.

13
Ámbito: España
Sala: Primera  Sección:  1
Fecha: 23/02/2011
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 2036/2007
Resolución: 77/2011
Resumen: El objeto del debate se centra en casación en el tema de si concurre o no la prescripción extintiva de la acción o acciones ejercitadas en la demanda, lo que convierte la identificación de éstas en un tema básico. Se hace referencia a un supuesto de actuación urbanística, con garantías de seguro de caución y de aval, que generó un crédito a favor del Ayuntamiento contra la Promotora, habiéndose pr... ver másEl objeto del debate se centra en casación en el tema de si concurre o no la prescripción extintiva de la acción o acciones ejercitadas en la demanda, lo que convierte la identificación de éstas en un tema básico. Se hace referencia a un supuesto de actuación urbanística, con garantías de seguro de caución y de aval, que generó un crédito a favor del Ayuntamiento contra la Promotora, habiéndose producido la disolución de la entidad aseguradora -prestadora de las garantías- cuya liquidación se encomendó a la Comisión Liquidadora -CLEA-, la cual compró dicho crédito. Acciona el Consorcio de Compensación de Seguros, sustituto legal de la CLEA, dirigiendo su reclamación contra la promotora y su administrador -contra éste con base en la responsabilidad social-. ver menos

14
Ámbito: España
Sala: Primera  Sección:  1
Fecha: 07/06/2010
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 714/2006
Resolución: 379/2010
Resumen: La actora, Comunidad de Propietarios, formula demanda de juicio ordinario contra la empresa promotora Círculo de Gestión y Asesoramiento, SA, el Aparejador, y el Arquitecto, solicitando se condene a los demandados conjunta y solidariamente a la obligación de realizar las obras necesarias para la subsanación de los defectos de construcción determinantes de la ruina, de suerte que se deje el edifici... ver másLa actora, Comunidad de Propietarios, formula demanda de juicio ordinario contra la empresa promotora Círculo de Gestión y Asesoramiento, SA, el Aparejador, y el Arquitecto, solicitando se condene a los demandados conjunta y solidariamente a la obligación de realizar las obras necesarias para la subsanación de los defectos de construcción determinantes de la ruina, de suerte que se deje el edificio afectado, en el estado de habitabilidad, utilidad, seguridad y solidez, que debería haber tenido, de no haberse construido viciosamente ver menos

15
Ámbito: España
Sala:   Sección:  11
Fecha: 25/02/2010
Procedimiento:
Recurso: 745/2006
Resolución: 168/2010
Resumen: Una comunidad de propietarios interpone demanda contra la promotora, la constructora y diversos técnicos intervinientes en la edificación de una urbanización. Con base en los arts. 1902 y 1591 CC, en la demanda se solicitaba la realización de determinadas obras de reparación de defectos y el pago de una indemnización.

16
Ámbito: España
Sala: Primera  Sección:  1
Fecha: 16/07/2009
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 1382/2004
Resolución: 523/2009
Resumen: Proceso de la demanda interpuesta por el dueño de una obra víctima de un interdicto interpuesto por los anteriores propietarios del terreno donde se estaba edificando, se plantea la procedencia de una indemnización al dueño de la obra por daños y perjuicios y en base a la mala fe de los demandados por la acción interdictal.

17
Ámbito: España
Sala:   Sección: 
Fecha: 22/05/2009
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 2064/2004
Resolución: 376/2009
Resumen: Falta de prueba que fundamente la extensión solidaria de la condena fijada por defectos constructivos en pleito precedente, a los demandados en ejercicio de la acción de repetición, que no fueron parte en aquel proceso. Quien ejercita la acción de repetición en un segundo pleito lo hace frente a quienes no fueron parte en el primero, no se trata, por tanto, de que se individualice lo que fue consi... ver másFalta de prueba que fundamente la extensión solidaria de la condena fijada por defectos constructivos en pleito precedente, a los demandados en ejercicio de la acción de repetición, que no fueron parte en aquel proceso. Quien ejercita la acción de repetición en un segundo pleito lo hace frente a quienes no fueron parte en el primero, no se trata, por tanto, de que se individualice lo que fue considerado solidario en el primer procedimiento, se trata de conseguir el reintegro de lo que pagó el condenado, lo que impone a éste que acciona acreditar fehacientemente la responsabilidad de quienes proyectaron, dirigieron o llevaron a cabo la ejecución material de la obra sin que sea suficiente el hecho de que se haya producido una condena de la promotora por defectos de la construcción, para repercutirla automáticamente sobre los demás agentes contratados por ella. El deber de motivación de la sentencia exige que venga apoyada en razones que permitan conocer cuáles han sido los criterios jurídicos esenciales fundamentadores de la decisión o, lo que es lo mismo, cuál ha sido la "ratio decidendi", constituye una exigencia no sólo de legalidad ordinaria, sino también de base constitucional, encaminada a evitar la lesión del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. ver menos

18
Ámbito: España
Sala:   Sección: 
Fecha: 07/05/2009
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 2046/2004
Resolución: 325/2009
Resumen: Demanda de la promotora de la obra de construcción de un centro comercial en Alicante, contra la empresa encargada del proyecto y dirección de dicha obra, contra el ingeniero de caminos y contra las aseguradoras de este y aquella en reclamación de indemnización por los daños y perjuicios sufridos a causa del derrumbamiento parcial de la obra. Estimación parcial en ambas instancias. La casación no ... ver másDemanda de la promotora de la obra de construcción de un centro comercial en Alicante, contra la empresa encargada del proyecto y dirección de dicha obra, contra el ingeniero de caminos y contra las aseguradoras de este y aquella en reclamación de indemnización por los daños y perjuicios sufridos a causa del derrumbamiento parcial de la obra. Estimación parcial en ambas instancias. La casación no es una tercera instancia ni permite revisar la valoración de la prueba realizada por el tribunal de instancia, por lo que no pueden contravenirse los hechos declarados probados por la Sala. La interpretación de los contratos corresponde al tribunal de instancia. No cabe apreciar el principio "in illiquidis non fit mora" para excluir el pago de los intereses moratorios puesto que la condena al pago de la indemnización no es constitutiva sino declarativa, como tiene reiterado la jurisprudencia. No hay causa justificada, cuando desde el principio se ha sabido que la causa fue un error de cálculo de proyecto. Por otra parte, el "dies a quo" debe ser el del siniestro, salvo excepciones. No puede aceptarse que sea el de comunicación del siniestro por el perjudicado, puesto que la aseguradora tenía conocimiento del mismo desde que se lo comunicó la asegurada. ver menos

19
Ámbito: España
Sala:   Sección: 
Fecha: 21/05/2008
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 192/2001
Resolución: 423/2008
Resumen: Reclamación de indemnización por daños negligentes ocasionados por una retroexcavadora en la red de cable de Telefonía. No cabe postergar para ejecución de sentencia la determinación del daño mismo y cuando la cuantificación fue objeto de prueba en el proceso declarativo. Se estima el recurso.

20
Ámbito: España
Sala: Primera  Sección:  1
Fecha: 03/12/2007
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 3365/2000
Resolución: 1269/2007
Resumen: Contrato de obra. Funciones del arquitecto director de obra, y su responsabilidad solidaria en determinados supuestos con el aparejador (antes de la Ley de Ordenación de la Edificación de 5 de noviembre de 1.999.) Sus funciones alcanzan el supervisar y controlar la ejecución de la obra, además de la elaboración del proyecto. Falta de litisconsorcio pasivo necesario: no procede respecto del apareja... ver másContrato de obra. Funciones del arquitecto director de obra, y su responsabilidad solidaria en determinados supuestos con el aparejador (antes de la Ley de Ordenación de la Edificación de 5 de noviembre de 1.999.) Sus funciones alcanzan el supervisar y controlar la ejecución de la obra, además de la elaboración del proyecto. Falta de litisconsorcio pasivo necesario: no procede respecto del aparejador puesto que su responsabilidad es solidaria respecto del recurrente y el acreedor puede demandar a cualuiera de ellos. Vicios ruinogenos: si no se concretan las efectivas responsabilidades cuando concurren en la producción del daño, procede la condena solidaria. El recurso de casación no puede fundarse exclusivamente en la infracción de normas con rango inferior a la ley. Valoración de la prueba pericial. ver menos

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