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Ámbito: España
Sala:   Sección:  Pleno
Fecha: 22/01/2019
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 470/2016
Resolución:
Resumen: El caso que se estudia en esta sentencia gira en torno a un plan de pensiones de renta asegurada, no consta una información adecuada sobre las características de las opciones de cobro del plan de pensiones firmado y, en particular, sobre la extinción del derecho a cobrar la renta garantizada si fallecían el partícipe y su esposa antes del plazo garantizado de los quince años.

2
Ámbito: España
Sala: Tercera  Sección:  6
Fecha: 23/06/2010
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 1583/2006
Resolución: --
Resumen: Recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid la cual se basa en los siguientes hechos. Con la sucesión de la empresa Ercros por la empresa Empresa Nacional de Fertilizantes, se realiza una subrogación de los derechos de los pensioniestas del plan de pensiones de empleo de una entidad a otra. Ercros en suspensión de pagos, posteriormente se presenta en la... ver másRecurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid la cual se basa en los siguientes hechos. Con la sucesión de la empresa Ercros por la empresa Empresa Nacional de Fertilizantes, se realiza una subrogación de los derechos de los pensioniestas del plan de pensiones de empleo de una entidad a otra. Ercros en suspensión de pagos, posteriormente se presenta en la Audiencia Provincial de Madrid recurso por la representación legal de los pensionistas de la empresa suspensa, en solicitud de que se les considerara parte en el procedimiento, la sentencia les denegó tal condición. Paralelamentese iniciaron acciones judiciales ante la jurisdicción social, así como demanda de Conflicto Colectivo por los sindicatos CCOO y UGT alcanzándose un acuerdo conciliatorio, posteriormente se solicita la ilegalidad y lesividad del acuerdo.
Enjuicia esta sentencia la responsabilidad de la Administración partiendo de la doctrina de la Sala en relación con las disposiciones contenidas en los artículos 139 y siguientes de la Ley 30/1992, en aplicación de cuya doctrina entiende el Tribunal de instancia, que "falta el vínculo entre la lesión alegada y la inactividad administrativa". ver menos

3
Ámbito: España
Sala: Cuarta  Sección:  1
Fecha: 21/09/2009
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 4298/2007
Resolución: --
Resumen: El demandante en las actuaciones que dieron origen al presente recurso de casación para la unificación de doctrina prestó servicios para BANKPYME desde el 1 de junio de 1.973 hasta el 20 de noviembre de 2.002, fecha en la que se produjo la extinción de su relación laboral por despido. En el momento del cese se encontraba vigente el XVIII Convenio Colectivo de Banca (BOE de 26 de noviembre de 1999)... ver másEl demandante en las actuaciones que dieron origen al presente recurso de casación para la unificación de doctrina prestó servicios para BANKPYME desde el 1 de junio de 1.973 hasta el 20 de noviembre de 2.002, fecha en la que se produjo la extinción de su relación laboral por despido. En el momento del cese se encontraba vigente el XVIII Convenio Colectivo de Banca (BOE de 26 de noviembre de 1999), en cuyo Capítulo VI se regulaban una serie de "Prestaciones Complementarias" para los supuestos de enfermedad, incapacidad permanente total o absoluta, jubilación o fallecimiento de su personal. Para garantizar a sus trabajadores en activo el abono de esas "prestaciones complementarias" la referida empresa concertó un contrato de seguro con la Entidad Aseguradora AGRUPACIÓN BANKPYME SEGUROS DE VIDA Y SALUD, S.A., en fecha 15 de noviembre de 2.002, estando incluido el actor entre el personal beneficiario de la correspondiente póliza. El 3 de octubre de 2.006 el referido trabajador planteó demanda reclamando el derecho al rescate o movilización de la dotación individual que tuviese acreditada en el fondo de la entidad demandada en el momento de la extinción de su contrato, así como el derecho a su inclusión como beneficiario el contrato de seguro o fondo de pensiones suscrito por aquélla para la externalización de su fondo interno. ver menos

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