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1
Evento:
Fuente:
Boletín RC y Seguros
Fecha:
01/04/2024
Resumen:
En la noticia se habla sobre la Ley de Inteligencia Artificial aprobada por el Parlamento. Esta garantiza la seguridad y respeto de los derechos fundamentales mientras impulsa la innovación. También se exponen las obligaciones y exenciones que fija el reglamento, así como las medidas en relación con los sistemas de alto riesgo y con el apoyo a la innovación y a las pymes
2
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/07/2022
Resumen:
La sentencia de la AP de Madrid de 3 de junio de 2011 ha definido al asesor fiscal como el `profesional cuya actividad consiste en facilitar a los contribuyentes las relaciones con la Administración, bien sea realizando gestiones, bien sea representándole, o bien sea interpretando las normas impositivas con el objeto de cumplir correctamente con las obligaciones legales, buscando la solución menos... ver másLa sentencia de la AP de Madrid de 3 de junio de 2011 ha definido al asesor fiscal como el `profesional cuya actividad consiste en facilitar a los contribuyentes las relaciones con la Administración, bien sea realizando gestiones, bien sea representándole, o bien sea interpretando las normas impositivas con el objeto de cumplir correctamente con las obligaciones legales, buscando la solución menos

gravosa para el contribuyente`. ver menos
3
Evento:
Fuente:
Boletín RC y Seguros
Fecha:
15/02/2022
Resumen:
Se abordará sobre las obligaciones de seguro registradas en los últimos años, como así también la media que suponen y las pocas y relevantes exigencias novedosas, pues no

acostumbran a aportar demasiado interés asegurador.
4
Evento:
Fuente:
Boletín de Novedades | BISS
Fecha:
01/02/2020
Resumen:
El documento comenta las principales novedades introducidas por el RDL 3/2020 a la hora de transponer la IDD con respecto del régimen anterior de la Ley 26/2006 de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados.
5
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/01/2014
Resumen:
Artículo que aborda diversos aspectos del contrato de aparcamiento: Obligaciones de las partes y cláusulas abusivas.
6
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/05/2012
Resumen:
Recurso de casación interpuesto por los tres administradores de Inneber, S.L., quienes recurren la sentencia de apelación que les obliga a responder de una deuda contraída por la mencionada sociedad, derivada de trabajos realizados por Insersa XXI, S.A., así como por un préstamo recibido de esta sociedad. En esta Sentencia se razona acerca del carácter punitivo o no de la responsabilidad exigida a... ver másRecurso de casación interpuesto por los tres administradores de Inneber, S.L., quienes recurren la sentencia de apelación que les obliga a responder de una deuda contraída por la mencionada sociedad, derivada de trabajos realizados por Insersa XXI, S.A., así como por un préstamo recibido de esta sociedad. En esta Sentencia se razona acerca del carácter punitivo o no de la responsabilidad exigida a los administradores, sobre el carácter irretroactivo de la responsabilidad por deudas de los administradores, así como sobre la determinación del diez a quo para computar el plazo de convocatoria de la Junta General. ver menos
7
Evento:
CDC
Fuente:
Fecha:
23-04-2012
Resumen:
En esta ponencia se explicó en qué consiste la ley 21/2007. También se indicó que cuando se implantó en el ordenamiento jurídico español este procedimiento, por mandato de la Quinta Directiva de Automóviles, no se tuvo en cuenta que habría que haber modificado la normativa anterior. Así, en la actualidad, hay problemas con la oferta y la respuesta motivada. Conviven los dos procedimientos y muchas... ver másEn esta ponencia se explicó en qué consiste la ley 21/2007. También se indicó que cuando se implantó en el ordenamiento jurídico español este procedimiento, por mandato de la Quinta Directiva de Automóviles, no se tuvo en cuenta que habría que haber modificado la normativa anterior. Así, en la actualidad, hay problemas con la oferta y la respuesta motivada. Conviven los dos procedimientos y muchas veces no se sabe a cuál se debe acudir. No está claro lo que se entiende por reclamación y, en consecuencia, tampoco las entidades aseguradoras saben si deben seguir este procedimiento o no. ver menos
8
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/02/2011
Resumen:
En este trabajo se aborda cómo influye la Directiva de Servicios de Pago, transpuesta a nuestro ordenamiento jurídico por la Ley de Servicios de Pago, al tratamiento de las obligaciones y la responsabilidad de las entidades emisoras de tarjetas de pago y de los titulares de dichas tarjetas. Se hace especial énfasis en la problemática que plantea el pago con tarjeta en establecimientos físicos y en... ver másEn este trabajo se aborda cómo influye la Directiva de Servicios de Pago, transpuesta a nuestro ordenamiento jurídico por la Ley de Servicios de Pago, al tratamiento de las obligaciones y la responsabilidad de las entidades emisoras de tarjetas de pago y de los titulares de dichas tarjetas. Se hace especial énfasis en la problemática que plantea el pago con tarjeta en establecimientos físicos y en transacciones de comercio electrónico. ver menos
9
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/02/2008
Resumen:
Consulta donde se plantea si es extensible al titular registral de un vehículo las obligaciones que corresponden al propietario a los efectos previstos en la LRCSCVM.
10
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/01/2008
Resumen:
La doctrina del levantamiento del velo de la persona jurídica, que ha tenido, según recuerda el TS, total aceptación en doctrina y jurisprudencia, supone que no es admisible jurídicamente, al objeto de evitar el abuso de la pura fórmula jurídica (es decir, abuso del derecho), la separación del patrimonio de una persona jurídica -la entidad concreta- del de otra, física o jurídica - titular de las ... ver másLa doctrina del levantamiento del velo de la persona jurídica, que ha tenido, según recuerda el TS, total aceptación en doctrina y jurisprudencia, supone que no es admisible jurídicamente, al objeto de evitar el abuso de la pura fórmula jurídica (es decir, abuso del derecho), la separación del patrimonio de una persona jurídica -la entidad concreta- del de otra, física o jurídica - titular de las acciones o participaciones- cuando en realidad son la misma persona, para conseguir un fin fraudulento, como es el total incumplimiento de una obligación de pago. En tal caso, no se admite que una persona se oculte tras otra para no cumplir y se rechaza la separación de patrimonios de una sociedad, de la que se oculta tras ella: Se levanta el velo. Aplicando esta doctrina al caso enjuiciado, la Sala condena a las sociedades demandadas, en atención a que fueron las únicas gestoras y socias propietarias de la deudora, con propiedad asociada al control directo de la gestión social; y quienes manejaron la sociedad que sólo en apariencia funcionó independientemente de aquéllas, con una apariencia societaria puramente formal. ver menos
11
Evento:
Congreso de Responsabilidad Civil y Seguro
Fuente:
Fecha:
26/11/2004
Resumen:
La ponencia analiza las consecuencias dañosas que el retraso en el cobro de una indemnización, debido a que la aseguradora decida rechazar el siniestro y luego sea condenada judicialmente a aceptarlo, puede causar a un asegurado o tomador y que, en muchas ocasiones, no se resarce debidamente con el interés del 20% de demora.
12
Evento:
Congreso de Responsabilidad Civil y Seguro
Fuente:
Fecha:
25/11/2004
Resumen:
La ponencia se acerca al tema del incumplimiento de la obligación de declaración del siniestro por parte del tomador y de los perjuicios que la no comunicación o el retraso en la misma puede ocasionar a la aseguradora. Defiende el que el ordenamiento jurídico permita que en la propia sede penal en la que se esté viendo el siniestro se pueda dilucidar, en el mismo momento, el perjuicio irrogado a l... ver másLa ponencia se acerca al tema del incumplimiento de la obligación de declaración del siniestro por parte del tomador y de los perjuicios que la no comunicación o el retraso en la misma puede ocasionar a la aseguradora. Defiende el que el ordenamiento jurídico permita que en la propia sede penal en la que se esté viendo el siniestro se pueda dilucidar, en el mismo momento, el perjuicio irrogado a la aseguradora por el incumplimiento del tomador. También, hace hincapié en la obligación de los mediadores de informar a los tomadores de sus obligaciones contractuales con total claridad. ver menos
13
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
20/10/2003
Resumen:
La Dirección General de Tributos atiende la consulta sobre las obligaciones fiscales, materiales y formales que debe cumplir una entidad luxemburguesa que desea comercializar en España, en régimen de LPS, un producto de seguros de tipo unit linked.
14
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
20/10/2003
Resumen:
La Dirección General de Tributos atiende la consulta sobre las obligaciones fiscales, materiales y formales que debe cumplir una entidad luxemburguesa que desea comercializar en España, en régimen de LPS, un producto de seguros de tipo unit linked.
15
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/12/2000
Resumen:
Sentencia Audiencia Provincial de Alicante, sección cuarta, sentencia de 1 de julio de 1999: No basta que haya un contrato entre partes, para que opere necesariamente la responsabilidad contractual, con exclusión de la responsabilidad extracontractual o aquiliana, cuando un hecho dañoso es violación de una obligación contractual, y al mismo tiempo, del deber general de no dañar a otro, pues hay un... ver másSentencia Audiencia Provincial de Alicante, sección cuarta, sentencia de 1 de julio de 1999: No basta que haya un contrato entre partes, para que opere necesariamente la responsabilidad contractual, con exclusión de la responsabilidad extracontractual o aquiliana, cuando un hecho dañoso es violación de una obligación contractual, y al mismo tiempo, del deber general de no dañar a otro, pues hay una yuxtaposición de responsabilidades, contractual, y da lugar a acciones que pueden ejercitarse, alternativa o subsidiariamente. ver menos
16
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/03/1999
Resumen:
Sentencia Sala primera del Tribunal Supremo de 18 de junio de 1998: Seguro de vida. El artículo 14 de la L.C.S. establece de una manera emblemática la obligación del tomador del seguro al pago de la prima en las condiciones estipuladas en la póliza. Transcurridos casi dos año sin abonarse las primas, el asegurador quedó libre de su obligación.
17
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1996
Resumen:
La suma asegurada de la cobertura y las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados; distinción. La suma o el alcance a que alcance la cobertura de un contrato de seguro es requisito indispensable de su existencia, al extremo de que, de no figurar en él, carecía de vida y efectividad al no poder reclamarse las partes que lo hayan concertado ni el pago de las primas, que han de fijarse... ver másLa suma asegurada de la cobertura y las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados; distinción. La suma o el alcance a que alcance la cobertura de un contrato de seguro es requisito indispensable de su existencia, al extremo de que, de no figurar en él, carecía de vida y efectividad al no poder reclamarse las partes que lo hayan concertado ni el pago de las primas, que han de fijarse en atención a la cantidad asegurada, ni el que la prestación dimanante del siniestro, cuando éste haya acaecido, de lo que se deriva que tal dato, libremente pactado con los contratantes, no tiene nada que ver con las cláusulas limitativas de los derecho de los asegurados, que son las que expresamente hayan de aceptarse por escrito para que puedan producir sus efectos específicos. ver menos
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