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Registros encontrados: 4 Total Páginas: 1
1
Autor corporativo: 
Ocopen
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
30/11/2017
Resumen: 
Análisis del proyecto de transposición a la legislación española de la Directiva 2014/50/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014, que tiene como objetivo reforzar la movilidad de los trabajadores entre Estados miembros mediante la mejora de la adquisición y mantenimiento de los derechos complementarios de pensión.
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
23/05/2017
Resumen: 
El Ministerio de Economía y Competitividad, a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, ha iniciado el proceso de consulta pública previa sobre el Anteproyecto de Ley de la Directiva 2014/50/UE de la movilidad de los trabajadores y el mantenimiento de los derechos complementarios de pensión. Hasta el 3 de junio se pueden recibir los comentarios a esta norma...
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
22/02/2013
Resumen: 
La edición de El País, de 22 de febrero, destaca que el Gobierno piensa aumentar el periodo mínimo de cotización exigido para acceder a la jubilación anticipada, elevando la edad mínima dos años más de lo previsto en la reforma que entró en vigor en enero (61 años o 63), y reduciendo la pensión que recibirán quienes opten por retirarse antes. También la jubilación parcial se pondrá más difícil a p... ver másLa edición de El País, de 22 de febrero, destaca que el Gobierno piensa aumentar el periodo mínimo de cotización exigido para acceder a la jubilación anticipada, elevando la edad mínima dos años más de lo previsto en la reforma que entró en vigor en enero (61 años o 63), y reduciendo la pensión que recibirán quienes opten por retirarse antes. También la jubilación parcial se pondrá más difícil a partir del 1 de abril. Por otro lado, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado, el 21 de febrero, que la normativa española sobre el procedimiento de cálculo de la pensión de jubilación vulnera la legislación comunitaria porque discrimina a las personas que han trabajado en un Estado miembro diferente de España. En consecuencia, los trabajadores migrantes no deben sufrir una reducción de la cuantía de las prestaciones de seguridad social por el hecho de haber ejercido su derecho a la libre circulación. ver menos
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS América Latina
Editor: 
Fecha: 
13/06/2002
Resumen: 
La Comisión Europea (CE) ha decidido hacer frente al problema que las normas que rigen las pensiones complementarias suponen para la movilidad de los trabajadores dentro de la Unión Europea. Para ello, el Ejecutivo comunitario ha decidido iniciar una consulta formal entre los interlocutores sociales como primer paso de acción en favor de los trabajadores que se ven obligados a cambiar su plan de p... ver másLa Comisión Europea (CE) ha decidido hacer frente al problema que las normas que rigen las pensiones complementarias suponen para la movilidad de los trabajadores dentro de la Unión Europea. Para ello, el Ejecutivo comunitario ha decidido iniciar una consulta formal entre los interlocutores sociales como primer paso de acción en favor de los trabajadores que se ven obligados a cambiar su plan de pensiones al cambiar de empresa. Además, el reciente acuerdo político logrado en el seno del Ecofín, que hace posibles los fondos de pensiones paneuropeos, ayudará a aquellas personas que cambien de Estado miembro para trabajar a que puedan permanecer en el mismo plan de pensiones. El documento de consulta de la Comisión analiza las normas sobre adquisición y conservación de los derechos de pensión; las normas sobre la transferibilidad de estos derechos; y las normas sobre la afiliación transfronteriza a los planes de pensiones. ver menos
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