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1
Título
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
30/06/2014
Resumen: 
Información de los temas tratados en la jornada formativa organizada por ACS-CV sobre las DEC 2013 y las novedades legislativas del transporte terrestre.
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
20/05/2014
Resumen: 
Reseña de la doble jornada formativa celebrada por la Asociación de Corredores de Seguros de la Comunidad Valenciana (ACS-CV) el pasado 15 de mayo, para informar a los asociados sobre la presentación de la DEC de 2013 y sobre las novedades legislativas de la reforma de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre (LOTT).
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
03/12/2013
Resumen: 
Javier Castells, especialista en Transportes de Marsh, se lamenta de que la nueva Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) haya eliminado de nuevo la habilitación reglamentaria para exigir el seguro de responsabilidad civil del transportista de mercancías, cerrando así una oportunidad que, según destaca, ha permanecido abierta durante más de dos décadas y que no se ha llevado a cabo.
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
29/07/2013
Resumen: 
El BOE de 27 de julio publica la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, en vigor desde el 28 de julio. A través de esta norma se introduce la no discriminación por sexo en las tarifas de seguros y se permite, por otro lado, que aseguradoras y fondos de pensiones inviertan en valores del Mercado Alternativo Bursátil ... ver másEl BOE de 27 de julio publica la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, en vigor desde el 28 de julio. A través de esta norma se introduce la no discriminación por sexo en las tarifas de seguros y se permite, por otro lado, que aseguradoras y fondos de pensiones inviertan en valores del Mercado Alternativo Bursátil (MAB) y en capital riesgo. Asimismo, el BOE de 29 de julio recoge la Orden 1435/2013, de 23 de julio, del Ministerio de Presidencia, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de transporte sanitario por carretera. Entre los requisitos exigidos para el otorgamiento de autorizaciones de transporte sanitario privado será necesario que la empresa tenga cubierta su responsabilidad civil por los daños que se causen con ocasión del transporte. ver menos
5
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
24/11/2009
Resumen: 
Unespa ha informado a sus asociadas que la Ley de Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías da nueva redacción al párrafo segundo de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo, en relación a la figura del profesional autónomo económicamente dependiente. A resultas de esta modificación, el plazo para que los agentes de seguros con contrato anterior a la entr... ver másUnespa ha informado a sus asociadas que la Ley de Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías da nueva redacción al párrafo segundo de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo, en relación a la figura del profesional autónomo económicamente dependiente. A resultas de esta modificación, el plazo para que los agentes de seguros con contrato anterior a la entrada en vigor del Estatuto del Trabajo Autónomo comuniquen a la empresa su condición de ser económicamente dependientes, se extiende hasta el 5 de marzo de 2010. Asimismo, los contratos de agentes de seguros suscritos con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley en los que concurra la condición de ser económicamente dependientes, deberán adaptarse a las previsiones normativas dentro del plazo de 18 meses antes desde la entrada en vigor del Reglamento, lo que lleva la fecha límite hasta el 5 de septiembre de 2010. Por otra parte, Unespa informa de otra modificación que conlleva la citada Ley de Contrato de Transporte, alusiva a la modificación en el límite de indemnización máxima por mercancía perdida o averiada en transporte terrestre, con respecto a lo que fijaba la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. ver menos
6
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/01/2001
Resumen: 
Sentencia Sala primera de 25 de septiembre de 2000: Legitimación activa. La posee la Compañía de Ferrocarriles según el Ordenamiento vigente de Transportes terrestres. Su actuación en régimen de empresa sometida al Derecho privado.
7
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/12/2000
Resumen: 
Sentencia del Tribunal Constitucional 60/2000, de 2 de marzo. Cuestiones de inconstitucionalidad por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en relación con el artículo 42 n) inciso "o reglamentarias", de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres. BOE núm. 76, de 29 de marzo, Suplemento.
8
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/10/1999
Resumen: 
Orden de 6 de mayo de 1999, por la que se desarrolla el capítulo de título IV de título IV del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de otorgamiento de autorizaciones de transporte internacional de viajeros por carretera. B.O.E. núm. 137, del 9 de junio, disp. 12840.
9
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/05/1998
Resumen: 
Sentencia Sala primera de 18 de julio de 1997: Competencia por razón del territorio; tras la reforma de la L.E.C., operada por la Ley 34/84, de 6 de agosto, la excepción de incompetencia territorial no es posible, tanto en los juicios de mayor como de menor cuantía, formalizarla en el escrito de contestación a la demanda, sino sólo a través de los cauces adecuados de la vía incidental, como tal i... ver másSentencia Sala primera de 18 de julio de 1997: Competencia por razón del territorio; tras la reforma de la L.E.C., operada por la Ley 34/84, de 6 de agosto, la excepción de incompetencia territorial no es posible, tanto en los juicios de mayor como de menor cuantía, formalizarla en el escrito de contestación a la demanda, sino sólo a través de los cauces adecuados de la vía incidental, como tal inhibitoria o declinatoria. Acción de regreso del artículo 43 de la L.C.S. Conceptos de asegurado y de tercero responsable; que el transportista (demandado y condenado) abonase en parte la prima del seguro (concertado por el dueño de la mercancía transportada) no le eleva a la categoría de asegurado y (de ser cierto) sólo funcionaría en su caso, como un "factor de reajuste económico" en la relación entre el transportista y el asegurado (dueño de la mercancía). Limitación de la responsabilidad del transportista por aplicación del reglamento de la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres; nunca puede una norma reglamentaria ser causa de apoyo de un motivo de casación, en especial cuando ese contenido del reglamento pretende desconocer elementales normas de cuantificación de la responsabilidad por daños y perjuicios de una conducta ilícita que tiene su marco o cobertura en la normativa superior, incluso, en la responsabilidad tanto contractual como extracontractual del Código Civil y, en especial, porque jamás se palnteó en el escrito de la demanda ese particular como pretensión reductora de la acción y por ello los tribunales inferiores no lo consideraron objeto de examen y respuesta jurídica. ver menos
12
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1997
Resumen: 
Esta Orden y la penúltima responden a las modificaciones del Reglamento operadas por el Real Decreto 1136/1997, de 11 de julio.
13
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1997
Resumen: 
Con efectos del día 1 de enero de 1998 (disposición adicional única), se modifica el citado Reglamento aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, del que dimos amplia recensión en el núm 1/91 de esta Revista, págs. 54 y ss. Las reformas obedecen principalmente a la liberalización impuesta por la normativa de la Unión Europea no sólo en el transporte internacional, sino también en... ver másCon efectos del día 1 de enero de 1998 (disposición adicional única), se modifica el citado Reglamento aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, del que dimos amplia recensión en el núm 1/91 de esta Revista, págs. 54 y ss. Las reformas obedecen principalmente a la liberalización impuesta por la normativa de la Unión Europea no sólo en el transporte internacional, sino también en el que se desarrolla en el interior de cada uno de sus Estados miembros; pero también se produce una nueva redacción de la materia de fianzas y documentos de control, siguiendo las modificaciones introducidas por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en la de Ordenación de los Transportes Terrestres 16/1987, de 30 de julio, de cuyas modificaciones ya dimos noticia en el núm. de esta Revista correspondiente a mayo del año en curso, pág. 378 ver menos
14
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1995
Resumen: 
Por Real Decreto 858/1994, de 29 de abril (referenciado en el núm de julio-agosto de 1994 de la Revista), se modificó sustancialmente la regulación establecida por el Reglamento aprobado por el Real Decreto1211/1990, de 28 de septiembre (Vid. núm. 1 de 1991, págs. 54 y ss., de esa Revista). La presente orden que deroga expresamente, disposición derogatoria única, la de 27 de marzo de 1992) se corr... ver másPor Real Decreto 858/1994, de 29 de abril (referenciado en el núm de julio-agosto de 1994 de la Revista), se modificó sustancialmente la regulación establecida por el Reglamento aprobado por el Real Decreto1211/1990, de 28 de septiembre (Vid. núm. 1 de 1991, págs. 54 y ss., de esa Revista). La presente orden que deroga expresamente, disposición derogatoria única, la de 27 de marzo de 1992) se corresponde con dicha modificación, que ha supuesto, esencialmente, la sustitución de la modalidad de la autorización referida al vehículo concreto con que se realizaba la actividad, por la referida empresa arrendadora, sin condicionar el volumen de la actividad permitida ni los vehículos concretos con que ha de llevarse a cabo. ver menos
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