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Ámbito: España
Sala:   Sección:  1
Fecha: 02/10/2023
Procedimiento: Recurso de apelación
Recurso: 511/2022
Resolución: 307/2023
Resumen: Abogado que realiza múltiples intentos de obtener una indemnización en favor de su cliente, si bien, todas ellas inidóneas para tal fin. Falta de pérdida de oportunidad dada la inviabilidad de la acción.

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Ámbito: España
Sala: Civil  Sección:  1
Fecha: 14/09/2021
Procedimiento: Recurso de apelación
Recurso: 688/2020
Resolución: 550/2021
Resumen: En esta sentencia la AP de Barcelona declara la atribución al orden jurisdiccional contencioso administrativo de la competencia para el conocimiento de las demandas de indemnización por daños y perjuicios causados por o con ocasión de la asistencia sanitaria dispensada por los centros, aunque sean privados, concertados con las entidades, servicios y organismos del sistema público de salud.

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Ámbito: España
Sala:   Sección: 
Fecha: 18/09/2008
Procedimiento: Recurso de casación
Recurso: 636/2002
Resolución: 810/2008
Resumen: Responsabilidad extracontractual: accidente de circulación. Competencia de la jurisdicción civil para conocer de una demanda dirigida contra el Ayuntamiento, la empresa contratista de una obra pública y su aseguradora, y contra el jefe de las obras, en el marco de las acciones de responsabilidad extracontractual, ejercitadas tras la entrada en vigor de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de la Ley d... ver másResponsabilidad extracontractual: accidente de circulación. Competencia de la jurisdicción civil para conocer de una demanda dirigida contra el Ayuntamiento, la empresa contratista de una obra pública y su aseguradora, y contra el jefe de las obras, en el marco de las acciones de responsabilidad extracontractual, ejercitadas tras la entrada en vigor de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, pero con anterioridad a la Ley 29/98, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, habida cuenta la fuerza atractiva y el carácter residual de la jurisdicción civil, evitandose un peregrinar de jusrisdicciones, así como la división de la continencia de la causa y el peligro de que existan resoluciones de distintos organos jurisdiccionales inconciliables entre si. Tal doctrina no se ve exceptuada por la existencia de un contrato administrativo de ejecución de una obra pública que vincula a una Administración con una empresa contratista, al no derivarse la responsabilidad que se reclama de una actividad administrativa ni tener lugar en el marco de la ejecución de una obra pública. ver menos

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