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Título
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
28/09/2009
Resumen:
Resumen de algunas de las últimas autorizaciones administrativas para operar, revocaciones, cesiones de cartera y adjudicación de contratos, públicos publicadas en el BOE.
2
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/03/2009
Resumen:
La denegación a una empresa de unas ayudas que legalmente le corresponden no necesariamente conlleva el cierre de dicha empresa. Si la empresa alega que su cierre fue provocado por la denegación aludida (y que por tanto existe un resultado dañoso imputable a la Administración) debe demostrar que tales ayudas eran imprescindibles para su supervivencia.
3
Fecha:
11/11/2008
Resumen:
Se confirma la sentencia recurrida razonando que las apreciaciones de la Sala de instancia
sobre la no incidencia de la denegación de las ayudas en el cese del negocio, atendiendo a la escasa
entidad de las mismas, la relación temporal entre la solicitud y el cese en el negocio, no habiendo
concluido siquiera el plazo de resolución ni haberse llegado a la denegación cuando se decidió elver más Se confirma la sentencia recurrida razonando que las apreciaciones de la Sala de instancia
sobre la no incidencia de la denegación de las ayudas en el cese del negocio, atendiendo a la escasa
entidad de las mismas, la relación temporal entre la solicitud y el cese en el negocio, no habiendo
concluido siquiera el plazo de resolución ni haberse llegado a la denegación cuando se decidió el
cese, resultan fundadas y justificadas, de manera que podrá discreparse de las mismas pero no cabe
hablar de arbitrariedad o irrazonabilidad como se hace por el recurrente. ver menos
sobre la no incidencia de la denegación de las ayudas en el cese del negocio, atendiendo a la escasa
entidad de las mismas, la relación temporal entre la solicitud y el cese en el negocio, no habiendo
concluido siquiera el plazo de resolución ni haberse llegado a la denegación cuando se decidió el
sobre la no incidencia de la denegación de las ayudas en el cese del negocio, atendiendo a la escasa
entidad de las mismas, la relación temporal entre la solicitud y el cese en el negocio, no habiendo
concluido siquiera el plazo de resolución ni haberse llegado a la denegación cuando se decidió el
cese, resultan fundadas y justificadas, de manera que podrá discreparse de las mismas pero no cabe
hablar de arbitrariedad o irrazonabilidad como se hace por el recurrente. ver menos
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