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1
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
28/06/2023
Resumen: 
Responsabilidad del porteador marítimo y del manipulador portuario por los daños a una mercancía en transporte internacional bajo régimen de conocimiento de embarque.
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
18/11/2008
Resumen: 
Si no se ha acreditado que la Administración se desviara del procedimiento establecido para la
realización de las pruebas fitosanitarias ni, por consiguiente, que la duración de éstas fuera
indebidamente excesiva, no cabe hablar de responsabilidad patrimonial de la Administración, ya que
existía un deber jurídico de soportar las consecuencias de la necesaria realización de dichas pruebas<... ver más
Si no se ha acreditado que la Administración se desviara del procedimiento establecido para la
realización de las pruebas fitosanitarias ni, por consiguiente, que la duración de éstas fuera
indebidamente excesiva, no cabe hablar de responsabilidad patrimonial de la Administración, ya que
existía un deber jurídico de soportar las consecuencias de la necesaria realización de dichas pruebas
fitosanitarias. La Sala concluye, confirmando la sentencia de instancia, que el deterioro de las patatas
fue ocasionado por su incorrecta conservación; y que ésta no puede ser reprochada a la
Administración, pues no se ha probado que incumpliera un deber de custodia. ver menos
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
14/05/2008
Resumen: 
El recurrente no ha cumplido con la obligación legal de expresar el motivo, de los enunciados, en el artículo 88 LRJCA, en que se fundamenta el recurso de casación, además de limitarse a discrepar de la valoración de la prueba realizada por la Sala de instancia, cuestión esta que queda extramuros del recurso de casación pues corresponde en exclusiva al Tribunal de instancia la valoración de los el... ver másEl recurrente no ha cumplido con la obligación legal de expresar el motivo, de los enunciados, en el artículo 88 LRJCA, en que se fundamenta el recurso de casación, además de limitarse a discrepar de la valoración de la prueba realizada por la Sala de instancia, cuestión esta que queda extramuros del recurso de casación pues corresponde en exclusiva al Tribunal de instancia la valoración de los elementos probatorios, excluida la casación por error de hecho en la valoración de la prueba con base en la infracción de normas sustantivas sobre valoración de la prueba tasada o aduciendo la vulneración de principios de la lógica o la arbitrariedad cometida por aquél, que no es el caso. Más aún, la cuantía del asunto no habilitaba para la interposición del recurso. ver menos
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