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1
Autor corporativo: 
Fuente: 
Boletín RC y Seguros
Editor: 
Fecha: 
15/04/2024
Resumen: 
El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Convenio entre el Consorcio de Compensación de Seguros, Unespa y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria para atender a lesionados en accidentes de tráfico. En él, se establece la prestación de servicios médicos y tarifas para reembolsar el gasto al sistema público. Se aplica a todos los vehículos con seguro de Responsabilidad Civil en España.
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/02/2017
Resumen: 
Sobre los convenios de asistencia sanitaria públicos y privados.
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Madrid
Fecha: 
01/04/2015
Resumen: 
En este artículo se nos muestra el galimatías existente a la hora de cubrir los gastos médicos de un accidente de tráfico abordando temas como los convenios sanitarios
5
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Madrid
Fecha: 
01/07/2013 | 01/08/2013
Resumen: 
Comentarios sobre el alcance de los convenios entre aseguradoras para la indemnización de los daños.
6
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Madrid
Fecha: 
01/05/2013
Resumen: 
Se aborda en este comertario que un asegurador designado indemniza los daños y perjuicios a la víctima del accidente por cuenta del responsable y después recobra a la entidad aseguradora del responsable.
7
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
30/04/2013
Resumen: 
Alcance de los convenios entre aseguradoras para la indemnización de los daños.
8
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
27-03-2008
Resumen: 
Analiza la competencia judicial en el país del perjudicado para reclamar los daños sufridos en accidente de circulación, revisando algunas sentencias de tribunales europeos al respecto. También, se refiere a la ley aplicable a accidentes de circulación internacional producidos en España y la doctrina de los tribunales españoles sobre la aplicación del Convenio de La Haya. igualmente, se detiene en... ver másAnaliza la competencia judicial en el país del perjudicado para reclamar los daños sufridos en accidente de circulación, revisando algunas sentencias de tribunales europeos al respecto. También, se refiere a la ley aplicable a accidentes de circulación internacional producidos en España y la doctrina de los tribunales españoles sobre la aplicación del Convenio de La Haya. igualmente, se detiene en el régimen jurídico para la aplicación del derecho internacional privado unificado en el marco de la Unión Europea. ver menos
9
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
27-03-2008
Resumen: 
La ponencia presenta el conflicto existente entre la obligación de presentación de oferta motivada por parte de la aseguradora del contrario en un siniestro de automóviles que se liquida en virtud de los convenios de indemnización directa, en los que el siniestro es abonado por la propia compañía del asegurado.
10
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
25-04-2005
Resumen: 
El autor analiza el carácter de precio público de los daños de la asistencia sanitaria por accidente de circulación, y, en consecuencia, la necesidad de abono de estos daños por parte del tercero responsable o su aseguradora, y cómo la legislación autonómica va contra la estatal en este punto. El ponente expone que, si no llegase a suscribirse Convenio de asistencia sanitaria con el Servicio Andal... ver másEl autor analiza el carácter de precio público de los daños de la asistencia sanitaria por accidente de circulación, y, en consecuencia, la necesidad de abono de estos daños por parte del tercero responsable o su aseguradora, y cómo la legislación autonómica va contra la estatal en este punto. El ponente expone que, si no llegase a suscribirse Convenio de asistencia sanitaria con el Servicio Andaluz de Salud, y la Comunidad Autónoma de Andalucía procediera a la ejecución en vía administrativa del precio público por la prestación del servicio de asistencia sanitaria a lesionados en accidentes de tráfico, la única mecánica operativa posible sería la impugnación. A continuación, explica los diversos cauces para esta impugnación y aconseja en todo caso, con la finalidad de evitar el recargo y las incomodidades de la vía de apremio, proceder a impugnar en plazo las liquidaciones giradas por el Servicio Andaluz de Salud (sin esperar a la liquidación de apremio por la Consejería de Economía y Hacienda) y solicitar la suspensión de la ejecución del acto impugnado en los términos admitidos por el artículo 74 y siguientes RPREA. ver menos
12
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/06/2002
Resumen: 
BOE núm. 35, de 9 de febrero de 2002; disp. 2640
14
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/01/2002
Resumen: 
Resolución de 20 de septiembre de 2001, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publica el Convenio Marco de Asistencia Sanitaria derivada de Accidentes de Tráfico para los años 2001 y 2002, en el ámbito de la sanidad pública de la Comunidad Autónoma de Navarra. BOE núm. 241, del 8 de octubre, disp. 18729.
17
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
11/06/2001
Resumen: 
Según una sentencia de la Audiencia Provincial de Castellón las resoluciones de los convenios entre aseguradoras no sirven de prueba al demandante por no estar referidas a criterios de imputación subjetiva de culpa, no implicando reconocimiento de responsabilidad en el caso de un accidente de circulación de dos vehículos que circulan en paralelo colisionando el que circula por la derecha al entrar... ver másSegún una sentencia de la Audiencia Provincial de Castellón las resoluciones de los convenios entre aseguradoras no sirven de prueba al demandante por no estar referidas a criterios de imputación subjetiva de culpa, no implicando reconocimiento de responsabilidad en el caso de un accidente de circulación de dos vehículos que circulan en paralelo colisionando el que circula por la derecha al entrar en una rotonda y firmar posteriormente la declaración amistosa ver menos
18
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/12/2000
Resumen: 
BOE núm. 177, del 25 de julio, disp. 14127.
19
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/12/2000
Resumen: 
BOE núm. 176, del 24 de julio, disp. 13995.
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