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1
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/02/2021
Resumen:
La sentencia reitera la doctrina según la cual el tercero perjudicado tiene acción directa frente a la aseguradora, incluso cuando hay una actuación dolosa constitutiva de delito. Por tanto, la aseguradora no puede oponer a los terceros perjudicados que el asegurado haya sido condenado como autor responsable de un delito de apropiación indebida, sin perjuicio de su derecho a repetir contra éste.
2
Evento:
Congreso de Responsabilidad Civil y Seguro
Fuente:
Fecha:
21/06/2010
Resumen:
Ponencia en la que Juan Aznar Gáldiz, Director de Estrategia y Desarrollo de DUAL Ibérica Riesgos Profesionales, aborda diferentes aspectos regulatorios de los colegios profesionales.
3
Evento:
Congreso de Responsabilidad Civil y Seguro
Fuente:
Fecha:
20/10/2009
Resumen:
En una primera parte se plantean algunos aspectos de la Ley de Sociedades Profesionales, para señalar los distintos tipos de responsabilidades en los que se puede incurrir, para terminar con las distintas opciones de seguros.
4
Evento:
Fuente:
BISS
Fecha:
14-01-2009
Resumen:
Respuesta de la DGS ante la consulta planteada en relación al régimen de incompatibilidades aplicables a los agentes de seguros exclusivos y sobre el contenido de una póliza de seguro de Responsabilidad Civil:
Se le cuestiona si sería posible que un Colegio Profesional – agente exclusivo proponga a sus colegiados ofertas de seguros de otras entidades distintas de quien le otorgó el contra... ver más
Respuesta de la DGS ante la consulta planteada en relación al régimen de incompatibilidades aplicables a los agentes de seguros exclusivos y sobre el contenido de una póliza de seguro de Responsabilidad Civil:
Se le cuestiona si sería posible que un Colegio Profesional – agente exclusivo proponga a sus colegiados ofertas de seguros de otras entidades distintas de quien le otorgó el contrato de agencia dimanantes de sociedades mercantiles a través de un broker, o bien estaría vetada la posibilidad de facilitar a los colegiados nuevas opciones de aseguramiento con otras compañías aseguradoras debido a la condición de ese Colegio como agente de seguros exclusivo.
También se le pregunta si en una póliza de RC que se suscriba puede quedar al arbitrio del asegurado declarar todas sus intervenciones profesionales o sólo algunas de su voluntad. ver menos
5
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
12-03-2007
Resumen:
Consulta realizada a la Dirección General de Tributos. El Colegio de Ingenieros ha formalizado un Seguro de Responsabilidad profesional en el que es tomador y asegurado el propio Colegio, así como la persona física o jurídica titular del interés objeto del seguro; los miembros de la Dirección o demás personas de cuya actuación pueda resultar civilmente responsable la empresa; las Sociedades de Ing... ver másConsulta realizada a la Dirección General de Tributos. El Colegio de Ingenieros ha formalizado un Seguro de Responsabilidad profesional en el que es tomador y asegurado el propio Colegio, así como la persona física o jurídica titular del interés objeto del seguro; los miembros de la Dirección o demás personas de cuya actuación pueda resultar civilmente responsable la empresa; las Sociedades de Ingeniería que cumplan determinados requisitos. El Colegio paga una prima fija que repercute íntegramente a sus colegiados y una prima variable predeterminada en función del tipo de trabajo. Esta prima variable se calcula con criterio de imputación no uniforme respecto al criterio utilizado para el pago de la misma a la compañía de seguros. La cuestión que se plantea es si las operaciones de repercusión de las primas de seguro a los colegiados, en los términos descritos, son operaciones sujetas y no exentas de IVA. ver menos
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