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Registros encontrados: 4 Total Páginas: 1
1
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil | Boletín de Novedades
Editor: 
Fecha: 
01/01/2024
Resumen: 
El ejercicio del derecho a la objeción de conciencia al aborto por parte de la totalidad de los ginecólogos de la sanidad pública de determinadas Comunidades Autónomas obliga a que las mujeres residentes en ellas deban trasladarse a otra Comunidad. Estos traslados están previstos en la ley, pero sin embargo el Tribunal Constitucional los considera una violación del derecho fundamental a la integri... ver másEl ejercicio del derecho a la objeción de conciencia al aborto por parte de la totalidad de los ginecólogos de la sanidad pública de determinadas Comunidades Autónomas obliga a que las mujeres residentes en ellas deban trasladarse a otra Comunidad. Estos traslados están previstos en la ley, pero sin embargo el Tribunal Constitucional los considera una violación del derecho fundamental a la integridad de las solicitantes, que la Administración sanitaria autonómica debe indemnizar. Para llegar a esa conclusión, el Tribunal comete falacias argumentativas evidentes, llegando incluso a retorcer el significado mismo de los derechos fundamentales, invadiendo de paso el campo de la jurisdicción ordinaria. A cambio, nos recuerda que contamos con una vía importante para lograr garantizar los derechos fundamentales frente a las acciones y omisiones de la Administración. ver menos
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
Boletín RC y Seguros
Editor: 
Fecha: 
15/12/2023
Resumen: 
La Audiencia Provincial de Cádiz ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por una mujer que abortó voluntariamente, por miedo a que su hijo desarrollase una enfermedad después de que se le realizase un TAC desconociendo que estaba embarazada.
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/10/1998
Resumen: 
Trabajo que pretende analizar estrictamente desde el punto de la responsabilidad civil, el nuevo supuesto del aborto, que se introduce en la casuística del Derecho de Daños. Para ello se comenta la sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo, de 6 de junio de 1997.
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
Nuevo Caduceo | BISS
Editor: 
Fecha: 
01-01-1991
Resumen: 
El coeficiente medio de natalidad de la Comunidad Europea en 1987 era de 11,8 nacimientos por cada mil habitantes, siendo Italia el país europeo de la CE con menor natalidad con 9,6 nacimientos y Irlanda el que logró mayor número de nacimientos con 16,6 por cada mil habitantes. El descenso de la natalidad experimentado desde 1960 es evidente, ya que los países que forman actualmente la CE tenían u... ver másEl coeficiente medio de natalidad de la Comunidad Europea en 1987 era de 11,8 nacimientos por cada mil habitantes, siendo Italia el país europeo de la CE con menor natalidad con 9,6 nacimientos y Irlanda el que logró mayor número de nacimientos con 16,6 por cada mil habitantes. El descenso de la natalidad experimentado desde 1960 es evidente, ya que los países que forman actualmente la CE tenían una media de 18,5 nacimientos por cada mil habitantes y concretamente España contaba con 21,7 nacimientos por cada mil habitantes, natalidad superada únicamente en Europa por los 23,9 nacimientos de Portugal. En los países de la CE que esta legalizado, la tasa de aborto va desde el 10% en el caso de Holanda hasta el 40% en el caso de Italia. La mortalidad en la CE también se ha reducido entre 1960 y 1987 pasando de 10,5 fallecimientos por cada mil habitantes a 9,9, con máximos de 11,3 en Gran Bretaña y Dinamarca y mínimos de 7,9 en España. En la actualidad, las personas de más de 65 años son, en el conjunto de la CE, cerca de 44,2 millones de personas, un 13,65% de la población total, y en el año 2020 alcanzarán los 62 millones, un 19,25% del total. Según las previsiones, la población de la CE aumentará hasta el año 2.000 hasta aproximadamente 332 millones de personas, para reducirse a 322 en el 2.020, fecha a partir de la cual el descenso del número de habitantes se acelerará en la CE. Por su parte, los Estados Unidos, cuyo índice de natalidad es de 15,5 por cada mil habitantes, registrará hasta el año 2.010 un crecimiento demográfico de un 17%, pasando de 244 millones de habitantes a 286 millones. Entre tanto, la Unión Soviética que registró un índice de natalidad de 19,4 en 1987, experimentará una progresión del 19% y pasará de 283 millones de habitantes a 337 en el 2010. A nivel mundial se producirá un aumento del 39,1% pasando de 5.000 millones de habitantes a 7.000 millones en el 2010. ver menos
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