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Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1996
Resumen: 
Declara la nulidad de un juicio ejecutivo seguido en virtud del título dictada al amparo del art. 10 de la Ley del Automóvil. Se siguió antes juicio de faltas sin mediar denuncia previa, circunstancia que se opone por la entidad ejecutada para solicitar la nulidad de dicho juicio ejecutivo. El citado juzgado declara la nulidad del mismo y el alzamiento de los embargos.
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