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Registros encontrados: 5 Total Páginas: 1
1
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
08/01/2021
Resumen: 
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado que un seguro de fallecimiento debe cubrir la muerte de un joven que sufrió un accidente de tráfico cuando circulaba a velocidad excesiva con una moto de gran cilindrada y sin disponer del obligado carné para ese tipo de vehículos.
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
26/11/2010
Resumen: 
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dado la razón a Mapfre Automóviles y a dos de sus jefes en Granada en 2007, que fueron condenados en primera instancia por acoso laboral a una empleada. El alto tribunal revoca ahora el fallo del Juzgado de lo Social 7 de Granada, que impuso también alejamiento de estos jefes respecto a la demandante, así como el pago de una indemnización de ... ver másEl Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dado la razón a Mapfre Automóviles y a dos de sus jefes en Granada en 2007, que fueron condenados en primera instancia por acoso laboral a una empleada. El alto tribunal revoca ahora el fallo del Juzgado de lo Social 7 de Granada, que impuso también alejamiento de estos jefes respecto a la demandante, así como el pago de una indemnización de 31.000 euros. ver menos
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
18/10/2010
Resumen: 
La Consejería de Sanidad de Madrid tendrá que pagar 160.000 euros a los familiares de Alejandro Florencio García, que falleció en el Hospital Gregorio Marañón tras someterse a la extirpación de un riñón en 1999, según la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Ésta entiende que hubo un retraso en el diagnóstico de la perforación duodenal que acabó con su vida. Por otra parte,... ver másLa Consejería de Sanidad de Madrid tendrá que pagar 160.000 euros a los familiares de Alejandro Florencio García, que falleció en el Hospital Gregorio Marañón tras someterse a la extirpación de un riñón en 1999, según la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Ésta entiende que hubo un retraso en el diagnóstico de la perforación duodenal que acabó con su vida. Por otra parte, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha condenado al Gobierno andaluz al pago de una indemnización de 10.862 euros a los familiares de una mujer que falleció en un accidente de tráfico en el año 2000. La Junta de Andalucía tendrá que responder por su responsabilidad patrimonial al no estar el firme de la calzada en buen estado. ver menos
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
22/01/2001
Resumen: 
Debido a la utilización de las nuevas tecnologías en la empresa, los trabajadores utilizan herramientas como el correo electrónico para mantener la comunicación con el exterior. Las empresas se quejan de que también son utilizados para fines privados en horas laborales, lo que distrae a los empleados y les hace perder tiempo de trabajo. Los trabajadores se plantean si la empresa tiene derecho a re... ver másDebido a la utilización de las nuevas tecnologías en la empresa, los trabajadores utilizan herramientas como el correo electrónico para mantener la comunicación con el exterior. Las empresas se quejan de que también son utilizados para fines privados en horas laborales, lo que distrae a los empleados y les hace perder tiempo de trabajo. Los trabajadores se plantean si la empresa tiene derecho a revisar el correo y los archivos privados de sus empleados. Pero también se podría lanzar otra pregunta: ¿tiene derecho el empleado a utilizar recursos de la empresa para fines privados?. A un empleado del Instituto Municipal de la Vivienda del Ayuntamiento de Málaga, le inspeccionaron el ordenador sin estar éste presente, procediéndose a copiar dos carpetas personales que el empleado guardaba en el ordenador. El trabajador consideró que esto violaba su derecho a la intimidad, según algunos artículos de la Constitución. El artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores permite a la empresa realizar registros en taquillas y efectos particulares del trabajador cuando sean necesarios para la protección del patrimonio empresarial y del de los demás trabajadores de la empresa, en presencia de algún representante legal de los trabajadores. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía equipara el ordenador del trabajador a la taquilla y permite el registro en el mismo, ya que es propiedad de la empresa y no debe ser utilizado para otros fines distintos que la realización de la actividad laboral. Pero el Tribunal recusa la sentencia en la inspección de los archivos o correos del empleado en el ordenador de la empresa, ya que tiene que alegar una circunstancia que se contenga en el artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores, probando que dicha inspección es necesaria para la protección del patrimonio empresarial o del resto de trabajadores de la empresa. El Tribunal considera que se ha producido una lesión del derecho a la intimidad del trabajador. De este modo, la sentencia permite al empleado utilizar el ordenador de la empresa para fines privados siempre que la empresa no sea capaz de probar que su uso daña gravemente el patrimonio de la propia empresa. ver menos
5
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
26-07-96
Resumen: 
Página: 1/1
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