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Registros encontrados: 730 Total Páginas: 37
1
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
01/02/1979
Resumen: 
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
01/02/1978
Resumen: 
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
01/10/1978
Resumen: 
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
febrero/1973
Resumen: 
5
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
01/04/1980
Resumen: 
6
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
abril/1979
Resumen: 
7
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
01/04/1978
Resumen: 
8
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
01/07/1977
Resumen: 
9
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
abril/1976
Resumen: 
10
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
01/07/1975
Resumen: 
11
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
01/07/1974
Resumen: 
12
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fundación Mapfre
Fecha: 
2014
Resumen: 
Completo manual sobre la historia del Seguro en España.
Contiene:
- Introducción
- De los aseguradores individuales a las compañías de seguros, 1500-1814
- El desarrollo del seguro moderno en el siglo XIX, 1814-1908
- El seguro español el tiempos de convulsión, 1908-193
- El franquismo anterior a la Seguridad Social, 1939-1966
- La evolución del seguro privado entre 1966 y 200... ver más
Completo manual sobre la historia del Seguro en España.
Contiene:
- Introducción
- De los aseguradores individuales a las compañías de seguros, 1500-1814
- El desarrollo del seguro moderno en el siglo XIX, 1814-1908
- El seguro español el tiempos de convulsión, 1908-193
- El franquismo anterior a la Seguridad Social, 1939-1966
- La evolución del seguro privado entre 1966 y 2000
- La evolución del seguro privado en el siglo XXI
- Conclusiones
- Estadísticas históricas del seguro privado español ver menos
13
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
21/02/2013
Resumen: 
Noticia que da cuenta del fallecimiento, el pasado 20 de febrero, de Salvador Latorre, exdirectivo de La Unión y El Fénix Español. Se ofrecen algunos datos de su perfil profesional.
14
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
12/04/2010
Resumen: 
En esta ponencia, José Antonio Sánchez Herrero, Director General de Asociación ICEA, nos muestra la evolución del mercado a través de una serie de datos como PIB, población, extranjeros, tasas de ocupación, niveles de educación, productividad laboral, PIB por empresas y sectores, número de trabajadores, nacimientos, número de hogares según tamaño, población española por municipios, densidad poblac... ver másEn esta ponencia, José Antonio Sánchez Herrero, Director General de Asociación ICEA, nos muestra la evolución del mercado a través de una serie de datos como PIB, población, extranjeros, tasas de ocupación, niveles de educación, productividad laboral, PIB por empresas y sectores, número de trabajadores, nacimientos, número de hogares según tamaño, población española por municipios, densidad poblacional, infraestructuras, consumo y ahorro, niveles de desisgualdad, tasas de pobreza, ahorro familiar, usuarios en Internet, etc. Se incluyen también datos referentes a primas per cápita, evolución en el número de entidades aseguradoras y en el número de empleados, distribución de la plantilla, mujeres en puestos directivos, distribución de primas por ramos y negocio por canales de distribución, tasas de dependencia, evolución de las primas de seguro directo, importancia de la marca para llegar al cliente, perspectivas de los canales de distribución, influencia de la satisfacción en la fidelización de clientes, venta cruzada, rentabilidad sobre primas imputadas, evolución de la cuenta técnica No Vida.
Para terminar con una serie de rankings por entidades según la cuota de mercado. ver menos
15
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
07-05-2007
Resumen: 
Comentario de una sentencia del Tribunal Supremo. Los hechos se remontan a la ruina de una promoción inmobiliaria de viviendas unifamiliares en Terrassa. La responsabilidad de los hechos se imputó, entre otros, al arquitecto, que vino así obligado a la reparación del mal causado.
El Colegio de Arquitectos de Cataluya tenía suscrita una póliza de responsabilidad con LUYEFE S.A.
Tras determina... ver más
Comentario de una sentencia del Tribunal Supremo. Los hechos se remontan a la ruina de una promoción inmobiliaria de viviendas unifamiliares en Terrassa. La responsabilidad de los hechos se imputó, entre otros, al arquitecto, que vino así obligado a la reparación del mal causado.
El Colegio de Arquitectos de Cataluya tenía suscrita una póliza de responsabilidad con LUYEFE S.A.
Tras determinarse la indemnización, se formula recurso de apelación para determinar el alcance e interpretación del término de siniestro, incorporado a la póliza; y discutir la aplicabilidad de los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro y la imposición de costas. ver menos
16
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
18-09-2006
Resumen: 
El derecho del tercero perjudicado frente al asegurador al ejercer la acción directa dimana de la propia existencia del contrato de seguro, y por ello es necesario que el hecho reclamado esté previsto en el contrato de seguro y que el asegurador resulte obligado a hacer frente a la responsabilidad civil de su asegurado.
17
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
23/02/2006
Resumen: 
Con ocasión del aniversario de los 25 años del golpe de Estado del 23-F, la noticia da a conocer una anécdota contada por el ministro de Defensa, José Bono, en aquel entonces un joven diputado a Cortes, en los momentos en los que el hemiciclo estaba ocupado por los guardias civiles al mando del teniente coronel Antonio Tejero. Alude a la repercusión de la intentona golpista en las arcas de las ase... ver másCon ocasión del aniversario de los 25 años del golpe de Estado del 23-F, la noticia da a conocer una anécdota contada por el ministro de Defensa, José Bono, en aquel entonces un joven diputado a Cortes, en los momentos en los que el hemiciclo estaba ocupado por los guardias civiles al mando del teniente coronel Antonio Tejero. Alude a la repercusión de la intentona golpista en las arcas de las aseguradoras, cuando, por aquel entonces, se acababa de contratar un seguro de vida para cada uno de los diputados con La Unión y El Fénix. ver menos
18
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
10/05/2004
Resumen: 
La falta de reclamación en vía administrativa previa contra la Administración sanitaria no es causa de absolución, sino que es obligación del juzgador suspender el proceso hasta el cumplimiento del trámite. Si la responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria es naturaleza objetiva, la del personal a su servicio es subjetiva cuando no se puede probar la infracción de la "lex artis ad h... ver másLa falta de reclamación en vía administrativa previa contra la Administración sanitaria no es causa de absolución, sino que es obligación del juzgador suspender el proceso hasta el cumplimiento del trámite. Si la responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria es naturaleza objetiva, la del personal a su servicio es subjetiva cuando no se puede probar la infracción de la "lex artis ad hoc". La Administración responde siempre por el normal o anormal funcionamiento de un servicio público, como el sanitario. ver menos
19
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
10/05/2004
Resumen: 
La falta de reclamación en vía administrativa previa contra la Administración sanitaria no es causa de absolución, sino que es obligación del juzgador suspender el proceso hasta el cumplimiento del trámite. Si la responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria es naturaleza objetiva, la del personal a su servicio es subjetiva cuando no se puede probar la infracción de la "lex artis ad h... ver másLa falta de reclamación en vía administrativa previa contra la Administración sanitaria no es causa de absolución, sino que es obligación del juzgador suspender el proceso hasta el cumplimiento del trámite. Si la responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria es naturaleza objetiva, la del personal a su servicio es subjetiva cuando no se puede probar la infracción de la "lex artis ad hoc". La Administración responde siempre por el normal o anormal funcionamiento de un servicio público, como el sanitario. ver menos
20
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
14/07/2003
Resumen: 
Sentencia acerca de la demanda puesta por un corredor de seguros a la compañía de seguros y reaseguros L.U.F.E..Según la cual, la entidad anula la cartera de automóviles del demandante y, simultáneamente, intenta captarla mediante una compañía filial con el fin de conseguir una reducción de las comisiones a abonar a los mediadores.
Página: 1/37
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