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1
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
01-12-2008
Resumen: 
Noticia de la publicación en el BOE del RD 1795/2008, de 3 de noviembre, del Ministerio de Fomento, por el que se dictan normas sobre la cobertura de la RC por daños causados por la contaminación de los hidrocarburos para combustible de los buques y de la Resolución por la que se regula el procedimiento de solicitud y expedición de los certificados de seguros.
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
19/11/2008
Resumen: 
El BOE de 18 de noviembre publicó el Real Decreto 1795/2008, de 3 de noviembre, del Ministerio de Fomento, por el que se dictan normas sobre la cobertura de la responsabilidad civil por daños causados por la contaminación de los hidrocarburos para combustible de los buques. Además, el BOE recoge la resolución de 3 de noviembre de 2008, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se r... ver másEl BOE de 18 de noviembre publicó el Real Decreto 1795/2008, de 3 de noviembre, del Ministerio de Fomento, por el que se dictan normas sobre la cobertura de la responsabilidad civil por daños causados por la contaminación de los hidrocarburos para combustible de los buques. Además, el BOE recoge la resolución de 3 de noviembre de 2008, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se regula el procedimiento de solicitud y expedición de los certificados de seguros. Como aprobó el Consejo de Ministros de 31 de octubre, estas normas establecen la obligatoriedad de que todo propietario, registrado como tal, de un buque superior a mil toneladas de arqueo bruto, suscriba un seguro o garantía financiera que cubra su responsabilidad por los daños debidos a contaminación causada por el combustible de su buque, así como por los costes o daños ocasionados por todas las medidas razonables que con posterioridad a un incidente tome cualquier persona, con objeto de evitar o reducir al mínimo los daños debidos a la contaminación. La entrada en vigor del Real Decreto 1795/2008 es el 21 de noviembre. ver menos
3
Autor corporativo: 
Boletín Oficial del Estado
Fuente: 
BISS
Editor: 
Fecha: 
18-11-2008 | 12-2008
Resumen: 
Texto íntegro de la Resolución de 3 de noviembre de 2008, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se regula el procedimiento de solicitud y expedición de los certificados de seguros a los que se refiere el Real Decreto 1795/2008, de 31 de octubre, por el que se dictan normas sobre la cobertura de la responsabilidad civil por daños causados por la contaminación de los hidrocarburo... ver másTexto íntegro de la Resolución de 3 de noviembre de 2008, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se regula el procedimiento de solicitud y expedición de los certificados de seguros a los que se refiere el Real Decreto 1795/2008, de 31 de octubre, por el que se dictan normas sobre la cobertura de la responsabilidad civil por daños causados por la contaminación de los hidrocarburos para combustible de los buques, y el Real Decreto 1892/2004, de 10 de septiembre, por el que se dictan normas para la ejecución del Convenio internacional sobre responsabilidad civil por daños debidos a contaminación de las aguas del mar por hidrocarburos, 1992. ver menos
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
03/11/2008
Resumen: 
El Consejo de Ministros del pasado 31 de octubre aprobó un Real Decreto por el que se dictan normas sobre la cobertura de la RC por los daños debidos a la contaminación causada por el combustible de los buques. Establece que los barcos de más de mil toneladas deberán suscribir un seguro o garantía financiera y llevar el certificado de dicho seguro para poder navegar. Esta norma se elabora para dar... ver másEl Consejo de Ministros del pasado 31 de octubre aprobó un Real Decreto por el que se dictan normas sobre la cobertura de la RC por los daños debidos a la contaminación causada por el combustible de los buques. Establece que los barcos de más de mil toneladas deberán suscribir un seguro o garantía financiera y llevar el certificado de dicho seguro para poder navegar. Esta norma se elabora para dar cumplimiento a determinadas prescripciones del Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil suscrito en Londres el 23 de marzo de 2001, ratificado por España el 10 de diciembre de 2003, y que entrará en vigor para todos los Estados firmantes el próximo 21 de noviembre de 2008. Los buques deberán llevar a bordo un certificado, expedido por un Estado firmante del Conveno, acreditativo de que cuenta con un seguro u otra garantía financiera para hacer frente a sus responsabilidades. Se indican las entidades que pueden expedir este seguro, según establece el Real Decreto, y el procedimiento fijado para la expedición de dicho certificado. ver menos
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