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Registros encontrados: 18 Total Páginas: 1
1
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
14/10/2014
Resumen: 
La Audiencia Provincial de Pontevedra ratifica una sentencia en primera instancia que daba la razón al asegurado en su reclamación a la entidad de ser indemnizado por el varor real de la reparación de su vehículo tras un accidente y no por el valor venal del mismo, tal y como esgrimió la compañía. Se ofrecen datos del fallo en el caso enjuiciado. La sentencia puede marcar un antes y un después en ... ver másLa Audiencia Provincial de Pontevedra ratifica una sentencia en primera instancia que daba la razón al asegurado en su reclamación a la entidad de ser indemnizado por el varor real de la reparación de su vehículo tras un accidente y no por el valor venal del mismo, tal y como esgrimió la compañía. Se ofrecen datos del fallo en el caso enjuiciado. La sentencia puede marcar un antes y un después en lo relativo a la abusiva doctrina del enriquecimiento injusto. Además, se dan a conocer datos de otra sentencia reciente en contra de los argumentos del valor venal (sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia que revocaba, en parte, la que dictó un Juzgado de Primera Instancia de Caravaca de la Cruz (Murcia). ver menos
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
[Madrid]
Fecha: 
01/02/2012
Resumen: 
Juicio ejecutivo del automóvil. Títulos y presupuestos. Título ejecutivo de la Ley sobre Uso y Circulación de Vehículos de Motor.
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1997
Resumen: 
Se considera adecuado el juicio verbal para la tramitación de todos aquellos procesos sobre reclamación de daños y perjuicio producidos con ocasión de la circulación de un vehículo de motor, siendo bastante que haya sido causado con ocasión o motivo de la circulación de dicho vehículo de motor, resultado indiferente que el conductor haya sido el causante o receptor del daño.
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1997
Resumen: 
Responsabilidad de la caída de un árbol en camino rural. La única entidad responsable, por negligencia, lo es el Ayuntamiento de la E. que omitió los deberes de atención y cuidado de la calzada, en que se produjo el accidente que permaneció cortada, durante la menos dos noches y media, sin que tal circunstancia fuera detectada por los servicios municipales, sin que pueda exonerarle la falta del he... ver másResponsabilidad de la caída de un árbol en camino rural. La única entidad responsable, por negligencia, lo es el Ayuntamiento de la E. que omitió los deberes de atención y cuidado de la calzada, en que se produjo el accidente que permaneció cortada, durante la menos dos noches y media, sin que tal circunstancia fuera detectada por los servicios municipales, sin que pueda exonerarle la falta del hecho, también comprobado, de la existencia en la zona de un fuerte temporal de viento y lluvia, situación, por otra parte, relativamente normal y que la obligaba a extremar su diligencia. ver menos
5
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1997
Resumen: 
Prescripción. El cómputo de plazo prescriptivo debe realizarse a partir del momento en que se conozcan, con precisión los defectos totales del año sufrido, lo que se hace coincidir con el alta médica.
6
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1997
Resumen: 
Prescripción. El dies a quo o arranque del plazo prescriptivo, no es el productivo de los perjuicios o del evento que hubiere determinado su nacimiento, sino la fecha desde que el agraviado lo "supo", es decir, desde que pudo articular su acción de exigencia de responsabilidad derivada de culpa o negligencia.
7
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1997
Resumen: 
Prescripción. La fecha desde la cual se inicia el cómputo de la prescripción es cuando el actor ya tuvo conocimiento de su situación por el informe dado por un doctor de medicina legal y forense, al que acudió obligado por la parte final del informe del alta del INSALUD, que la supeditaba a la asesoría de otro médico.
8
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1997
Resumen: 
Resarcimiento a daños y perjuicios. La Orden Ministerial de Economía y Hacienda de 5 de marzo de 1991, además de referirse a los daños personales derivados de la circulación de vehículos a motor, no contiene sino bases meramente orientativas y, por ello, no vinculantes para los Tribunales.
9
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1997
Resumen: 
Responsabilidad civil extracontractual como complemento a la tasada indemnización del ámbito laboral, cuando se acredita, de una parte, la existencia de un "plus" de perjuicios sufridos por el perjudicado y, de otra, la existencia de un ilícito civil.
10
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1997
Resumen: 
Reparación de automóvil viejo. Para cuantificar la reparación del daño cuando se produce desajuste entre le valor venal del vehículo y el montante del precio de reparación, hay que contar con la deducción de viejo a nuevo, no siempre uniforme, sino variable en cada caso de atención a distanciamiento entre el importe de la reparación y el valor venal.
11
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1996
Resumen: 
Accidente fuera de las vías públicas: la litis ha de sustanciarse en el juicio declarativo ordinario.
12
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1996
Resumen: 
Responsabilidad del Consorcio de Compensación de Seguros en caso de daños causados por vehículos hurtados o robados: criterios interpretativos sobre la exigencia de la previa situación delictiva. Reparación del vehículo que supera en coste su valor venal.
13
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1996
Resumen: 
Se incluye en la circulación de un vehículo su defectuoso aparcamiento. Lo que da lugar a daños para los vehículos adyacentes a causa de incendio. Indemnización en dinero, en lugar de reparación del vehículo siniestrado.
14
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1996
Resumen: 
Juicio ejecutivo del automóvil. La responsabilidad civil a diferencia de la penal en el accidente de circulación incriminado. La responsabilidad objetiva y la culpa exclusiva de la víctima. Examen de la prueba. Eficacia del croquis levantado por los agentes policiales.
15
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1996
Resumen: 
Postulación. Es necesaria la intervención del Letrado.
16
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1996
Resumen: 
Intereses 20%. No son acumulables los intereses de la Disposición Adicional 3ª de la Ley Orgánica 3/1989 y los previstos en el art. 921 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
17
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1996
Resumen: 
Reparación del vehículo. Para fijar el importe de la reparación hay que contar con la deducción de viejo a nuevo, no siempre uniforme, sino variable en cada caso en atención al distanciamiento entre montante de la reparación y el valor venal del turismo.
18
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/11/1995
Resumen: 
Responsabilidad contractual. Debe entenderse que hubo culpa o negligencia en la entidad demandada, que encargada de cursar la inscripción para participar en unas oposiciones de ingreso en un cuerpo general del Estado, por deficiencias de conexión y entendimiento con los organismos correspondientes, no lo hizo a tiempo y dio lugar a que la actora quedase excluida de participar en ellas. Daño moral.
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