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Registros encontrados: 19 Total Páginas: 1
1
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
24/01/2005
Resumen: 
Sentencia que muestra como en el transporte de viajeros se genera una doble vía indemnizatoria: la del seguro obligatorio de viajeros en todo caso, y la de responsabilidad civil del transportista en los casos de dolo o culpa grave, no siendo excluyentes ambas acciones y no pudiendo reducirse la cuantía indemnizatoria de la RC por el hecho de que el lesionado haya sido previamente indemnizado por e... ver másSentencia que muestra como en el transporte de viajeros se genera una doble vía indemnizatoria: la del seguro obligatorio de viajeros en todo caso, y la de responsabilidad civil del transportista en los casos de dolo o culpa grave, no siendo excluyentes ambas acciones y no pudiendo reducirse la cuantía indemnizatoria de la RC por el hecho de que el lesionado haya sido previamente indemnizado por el seguro obligatorio de viajeros. ver menos
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
10/05/2004
Resumen: 
El Tribunal considera que el paciente que firma un documento de consentimiento informado genera la presunción de que ha comprendido el alcance de su contenido, añadiendo a renglón seguido que la enferma recibió correctamente la información acerca de la técnica que se iba a emplear en la operación, expresando ella su conformidad y obligándose a aportar toda clase de análisis y de datos.
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
10/05/2004
Resumen: 
El Tribunal considera que el paciente que firma un documento de consentimiento informado genera la presunción de que ha comprendido el alcance de su contenido, añadiendo a renglón seguido que la enferma recibió correctamente la información acerca de la técnica que se iba a emplear en la operación, expresando ella su conformidad y obligándose a aportar toda clase de análisis y de datos.
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
09/07/2001
Resumen: 
La sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba acredita la necesidad del alquiler de un vehículo en el caso de un accidentado que presentó dos facturas en concepto de alquiler de un vehículo igual al suyo en reparación por considerar que no podía utilizar ningún otro medio para cumplir con su horario laboral y rechaza el pago del taxi por utilizarse durante el periodo de alquiler.
5
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
11/06/2001
Resumen: 
Una sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba considera la culpa del tercero como excepción de fuerza mayor en el caso de un automóvil que tras salirse del carril derecho cruzó el izquierdo colisionando con el lateral delantero izquierdo de un camión, falleciendo a consecuencia del impacto los ocupantes del turismo
6
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
03/05/1999
Resumen: 
Las entidades aseguradoras y los tomadores del seguro debén, según se estable en la Ley de Contrato de Seguro, notificar al asegurado la finalización del contrato, en el caso de la aseguradora, por el impago de la prima y, en el caso del tomador, la intención de dejar de afrontar el coste de la prima. Estas circustancias son las que ha tenido en cuenta una sentencia de la Audiencia Provincial de C... ver másLas entidades aseguradoras y los tomadores del seguro debén, según se estable en la Ley de Contrato de Seguro, notificar al asegurado la finalización del contrato, en el caso de la aseguradora, por el impago de la prima y, en el caso del tomador, la intención de dejar de afrontar el coste de la prima. Estas circustancias son las que ha tenido en cuenta una sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba que obliga a una caja de ahorros y a una aseguradora a mantener en vigor una póliza de seguro de vida de un matrimonio al que no se le notificó que esté dejaría de tener vigencia por impago de la prima. ver menos
7
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1997
Resumen: 
Culpa exclusiva de la victima. La referida causa de exclusión de la responsabilidad de la Ley del Automóvil requiere para su viabilidad que concurran los siguientes requisitos: culpa evidente de la víctima, exclusividad de dicha culpa, con total ausencia de responsabilidad por parte del otro interviniente, y la adopción por parte de éste de cuanto fuere posible hacer para aminorar o evitar el daño... ver másCulpa exclusiva de la victima. La referida causa de exclusión de la responsabilidad de la Ley del Automóvil requiere para su viabilidad que concurran los siguientes requisitos: culpa evidente de la víctima, exclusividad de dicha culpa, con total ausencia de responsabilidad por parte del otro interviniente, y la adopción por parte de éste de cuanto fuere posible hacer para aminorar o evitar el daño. ver menos
8
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1997
Resumen: 
Legitimación pasiva. Se estima falta de legitimación pasiva en los supuestos de responsabilidad decenal, de la Sociedad que contrató con la promotora-constructora el asesoramiento y gestión de la promoción por ésta de la construcción de viviendas, por considerarse sus servicios totalmente irrelevantes respecto a la responsabilidad por ruina.
9
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1997
Resumen: 
Resarcimiento a daños y perjuicios. Moderación del quantum indemnizatorio cuando, frente a la culpa in vigilando del poseedor de un perro, concurre igual culpa en los padres de la menor.
10
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1997
Resumen: 
Responsabilidad de dueño de taller. Cuando un vehículo es llevado al taller para su reparación porque el motor se calienta y, reparado, es entregado a su dueño, que seguidamente emprende el viaje y a las dos horas de marcha se produce un incendio en el motor que determinó el incendio del vehículo, sin que hayan podido determinarse las causas, se presume responsable al dueño del taller, no ya por e... ver másResponsabilidad de dueño de taller. Cuando un vehículo es llevado al taller para su reparación porque el motor se calienta y, reparado, es entregado a su dueño, que seguidamente emprende el viaje y a las dos horas de marcha se produce un incendio en el motor que determinó el incendio del vehículo, sin que hayan podido determinarse las causas, se presume responsable al dueño del taller, no ya por el art. 1902 del Código Civil, si no por el sistema de garantías previsto en los arts. 25 y 26 de la Ley 26/1964, de 19 de julio, para la defensa de los consumidores y usuarios. ver menos
11
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1996
Resumen: 
Acción subrogada de la aseguradora. Se somete al plazo de prescripción corta del art. 1968 del Código Civil.
12
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1996
Resumen: 
Franquicia a favor del Consorcio de Compensación de Seguros: su alcance. Aplicación de los art. 8.1 de la Ley del Automovil y 17.3 del Reglamento del Seguro Obligatorio. Interés del 20% a cargo de las Compañías Aseguradoras: no es aplicable al Consorcio de Compensación de Seguros cuando responde como fondo de garantía.
13
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1996
Resumen: 
El título ejecutivo en el que se determina la cantidad máxima que se puede reclamar como daños y perjuicios incluye los daños materiales así como los corporales. Excepciones de culpa exclusiva de la víctima y de pluspetición.
14
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1996
Resumen: 
Juicio verbal del automóvil. Culpa exclusiva de la víctima, no acreditada, sino un concurso de culpas. Diferencia entre la culpa civil y penal.
15
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1996
Resumen: 
Responsabilidad del taller de reparación de vehículos de motor. Un coche es reparado y a las dos horas de iniciado el viaje se produce un incendio en el motor sin que las pruebas practicadas hayan podido aclarar las causas del incendio. En estos casos se produce contra el responsable una inversión de la carga de la prueba.
16
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1995
Resumen: 
Responsabilidad civil de los Centros hospitalarios. Servicio Andaluz de la Salud. Contagio de hepatitis de etiología NANB como consecuencia de una transfusión sanguínea que hubo de realizarse con carácter urgente. No se aprecia responsabilidad civil atribuible a culpa o negligencia; se precisa que el suceso sea previsible, que sea debido a culpa o negligencia de la persona a que se atribuya, ya qu... ver másResponsabilidad civil de los Centros hospitalarios. Servicio Andaluz de la Salud. Contagio de hepatitis de etiología NANB como consecuencia de una transfusión sanguínea que hubo de realizarse con carácter urgente. No se aprecia responsabilidad civil atribuible a culpa o negligencia; se precisa que el suceso sea previsible, que sea debido a culpa o negligencia de la persona a que se atribuya, ya que si no es así faltaría la precisa relación de causa efecto, como sucede en el campo de la medicina, con resultados fortuitos de fuerza mayor o ajeno al buen diligente actuar y de imprevisible complicación o resultado. ver menos
17
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1995
Resumen: 
Responsabilidad civil por accidente de caza. Sobre la responsabilidad del propietario de la escopeta que se disparó.
18
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1994
Resumen: 
Audiencia Provincial de Córdoba: Cuantificación del daño. Compensación de culpas. No se puede recudir el importe de la indemnización que corresponde a la víctima por los daños personales por compensación de culpa dentro del ámbito del Seguro Obligatorio.
19
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
1994
Resumen: 
Audiencia Provincial de Córdoba: La culpa exclusiva de la víctima como causa de exclusión de la responsabilidad objetiva atenuada, debe ser probada por la compañía aseguradora demandada, causa que no concurre en el caso al probar dicha entidad que el conductor asegurado hubiese agotado todas la medidas de precaución posibles.
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