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1
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
23-10-2006
Resumen: 
La DGSFP ha hecho pública la resolución en la que se recoge la apertura del procedimiento judicial de insolvencia de Ancora Versicherungsaktiengesellschaft, como consecuencia del procedimiento abierto por su homólogo alemán.
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
17/10/2006
Resumen: 
El `Boletín Oficial del Estado`, de 17 de octubre, publica la Resolución de 2 de octubre de 2006, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se hace pública la apertura del procedimiento judicial de insolvencia en relación con la entidad alemana Ancora.
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
11/10/2006
Resumen: 
Una resolución de 2 de octubre de la DGSFP hace pública la apertura del procedimiento judicial de insolvencia de la entidad alemana Ancora. El órgano regulador alemán ha comunicado la apertura, con fecha 1 de septiembre, del procedimiento judicial de insolvencia de esta entidad, que estaba habilitada para operar en España en régimen de Libre Prestación de Servicios en los ramos de vehículos maríti... ver másUna resolución de 2 de octubre de la DGSFP hace pública la apertura del procedimiento judicial de insolvencia de la entidad alemana Ancora. El órgano regulador alemán ha comunicado la apertura, con fecha 1 de septiembre, del procedimiento judicial de insolvencia de esta entidad, que estaba habilitada para operar en España en régimen de Libre Prestación de Servicios en los ramos de vehículos marítimos, lacustres y fluviales, mercancías transportadas, incendios y elementos de la naturaleza, otros daños y pérdidas pecuniarias diversas. Como consecuencia de la revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora de Ancora por parte del órgano de control alemán, la DGSFP acuerda prohibir a la entidad alemana la contratación de nuevos seguros en España. En la resolución de la DGSFP se explica que el procedimiento de insolvencia se regirá por la normativa alemana, por lo que las reclamaciones de los acreedores deberán ser remitidas, antes del 27 de octubre, al administrador judicial designado en Alemania. ver menos
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