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  Total: 4 Páginas: 1
1
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
11/07/2011
Resumen: 
1. .- ¿Cumplirá el presidente de A.M.A., Diego Murillo, lo que ha avanzado a "Redacción Médica" y reclamará a la DGSFP entre 8 y 10 millones de euros por los perjuicios sufridos con motivo de su contenciosocon el órgano de control?
2. La mano que en la misma entrevista tiende a PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL (PSN), ¿es el primer paso hacia una próxima integración de ambas?
3. ¿Tendrán tranquil... ver más
1. .- ¿Cumplirá el presidente de A.M.A., Diego Murillo, lo que ha avanzado a "Redacción Médica" y reclamará a la DGSFP entre 8 y 10 millones de euros por los perjuicios sufridos con motivo de su contenciosocon el órgano de control?
2. La mano que en la misma entrevista tiende a PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL (PSN), ¿es el primer paso hacia una próxima integración de ambas?
3. ¿Tendrán tranquila la conciencia las aseguradoras implicadas en el caso Meño, tras la indemnización que han pactado finalmente? ¿Así cuidamos la imagen del Seguro? ver menos
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
BDS
Editor: 
Fecha: 
14/02/2011
Resumen: 
La Sala Primera del Tribunal Supremo, por sentencia de 20 de enero pasado, ha desestimado el recurso de casación interpuesto por una paciente y sus familiares, confirmando la sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba, que estableció la inexistencia de Responsabilidad Civil del anestesista asegurado de HCC Europe y de esta, revocando el fallo del Juzgado de Primera Instancia de Córdoba que en... ver másLa Sala Primera del Tribunal Supremo, por sentencia de 20 de enero pasado, ha desestimado el recurso de casación interpuesto por una paciente y sus familiares, confirmando la sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba, que estableció la inexistencia de Responsabilidad Civil del anestesista asegurado de HCC Europe y de esta, revocando el fallo del Juzgado de Primera Instancia de Córdoba que entendió que existía responsabilidad del anestesista y de su compañía, a los que en su día condenó solidariamente a la cantidad de 651.824 euros (e intereses legales desde demanda) frente a la de 1,17 millones que solicitaba en la demanda. La sentencia del Supremo confirma que no existe responsabilidad del anestesista que asistió a la paciente en una intervención de mastopexia en cuyo transcurso sufrió una parada cardiorrespiratoria. A consecuencia de dicho evento, la paciente presentó una encefalopatía hipóxico-isquémica con secuelas neurológicas. ver menos
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
11/10/2010
Resumen: 
Sentencia de la Sala 1ª del Tribunal Supremo del 22 de julio de 2010, en la que S. era trabajador de la empresa A. y U., SA, de Azpeitia, cuando sufrió un accidente en una obra que estaba realizando al caer de una planta. La empresa tenía aseguradas las contingencias de accidentes con F., a resultas de lo cual se trasladó al accidentado a un centro sanitario donde inicialmente fue examinado por el... ver másSentencia de la Sala 1ª del Tribunal Supremo del 22 de julio de 2010, en la que S. era trabajador de la empresa A. y U., SA, de Azpeitia, cuando sufrió un accidente en una obra que estaba realizando al caer de una planta. La empresa tenía aseguradas las contingencias de accidentes con F., a resultas de lo cual se trasladó al accidentado a un centro sanitario donde inicialmente fue examinado por el doctor J., el cual, al conocer la condición de asegurado de F., le derivó al doctor traumatólogo y facultativo de F.. El citado médico asignó al doctor L. para la práctica de la intervención, que fue llevada a cabo dos días después; como consecuencia de ella el paciente quedó afectado de un síndrome vegetativo crónico, situación en la que se mantuvo hasta su fallecimiento. ver menos
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora
Editor: 
Fecha: 
03-10-2005
Resumen: 
Reflexiones del autor sobre la influencia que, sobre la RC Sanitaria, ha tenido el "Caso Maeso". Comenta también la necesidad de una regulación específica y actual del régimen de RC y de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.
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