Registros encontrados: 17 Total Páginas: 1
1
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/04/2018
Resumen:
Tema de actualidad: el transporte terrestre y los viajeros
a) Introducción y legislación aplicable
b) Derecho de los viajeros en el transporte terrestre
c) Transporte en autobús
d) Transporte ferroviario
e) Transporte en taxi
f) El seguro obligatorio de viajeros
g) Cuestiones a tener en cuenta por el viajero
h) Reclamaciones de los us... ver másTema de actualidad: el transporte terrestre y los viajeros
a) Introducción y legislación aplicable
b) Derecho de los viajeros en el transporte terrestre
c) Transporte en autobús
d) Transporte ferroviario
e) Transporte en taxi
f) El seguro obligatorio de viajeros
g) Cuestiones a tener en cuenta por el viajero
h) Reclamaciones de los usuarios
i) Sentencias en relación con el transporte de pasajeros ver menos
a) Introducción y legislación aplicable
b) Derecho de los viajeros en el transporte terrestre
c) Transporte en autobús
d) Transporte ferroviario
e) Transporte en taxi
f) El seguro obligatorio de viajeros
g) Cuestiones a tener en cuenta por el viajero
h) Reclamaciones de los us... ver másTema de actualidad: el transporte terrestre y los viajeros
a) Introducción y legislación aplicable
b) Derecho de los viajeros en el transporte terrestre
c) Transporte en autobús
d) Transporte ferroviario
e) Transporte en taxi
f) El seguro obligatorio de viajeros
g) Cuestiones a tener en cuenta por el viajero
h) Reclamaciones de los usuarios
i) Sentencias en relación con el transporte de pasajeros ver menos
2
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/12/2015
Resumen:
Artículo que aborda diversos aspectos de los derechos de los viajeros del transporte terrestre: legislación, derechos de los viajeros, seguro obligatorio de viajeros, reclamaciones.
3
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/05/2014
Resumen:
1. ¿La caida del pasajero, es un hecho de la circulación?
2. ¿El daño, se debería a la distracción del perjudicado o se explicaría en el marco de los riesgos generales de la vida, por tratarse de un obstáculo que se encuentra dentro de la normalidad?
3. ¿Cuándo el riesgo se puede erigir como un criterio de responsabilidad?
2. ¿El daño, se debería a la distracción del perjudicado o se explicaría en el marco de los riesgos generales de la vida, por tratarse de un obstáculo que se encuentra dentro de la normalidad?
3. ¿Cuándo el riesgo se puede erigir como un criterio de responsabilidad?
4
Evento:
CDC
Fecha:
24-04-2012
Resumen:
Se habló de otros riesgos derivados del uso de vehículos a motor y su aseguramiento. Eduardo Pavelek se refirió a los seguros voluntarios y obligatorios distintos al SOA, como el de transporte de mercancías peligrosas, transporte escolar, viajeros o contaminación medioambiental, indicando que algunos de ellos concurren con el SOA y, por tal motivo no se contratan, aunque lo prevea su normativa cor... ver másSe habló de otros riesgos derivados del uso de vehículos a motor y su aseguramiento. Eduardo Pavelek se refirió a los seguros voluntarios y obligatorios distintos al SOA, como el de transporte de mercancías peligrosas, transporte escolar, viajeros o contaminación medioambiental, indicando que algunos de ellos concurren con el SOA y, por tal motivo no se contratan, aunque lo prevea su normativa correspondiente. Incluye un anexo con la normativa de seguros relativa a seguros (excepto la específica de aplicación al SOA) ver menos
5
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
22/03/2010
Resumen:
En este análisis se estudia la responsabilidad solidaria en un accidente de circulación en el que intervino un autocar de un viaje organizado.
6
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/06/2002
Resumen:
BOE núm. 307, de 24 de septiembre de 2001; disp. 24518.
7
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/06/2002
Resumen:
BOE núm. 307, de 24 de septiembre de 2001; disp. 2451.
8
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/01/2002
Resumen:
BOE núm. 161, del 6 de julio, disp. 13053.
9
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/06/2001
Resumen:
(B.O.E. número 306, del 22 de diciembre de 2000.
10
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/06/2001
Resumen:
(B.O.E. número 306, del 22 de diciembre de 2000.
11
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/06/2001
Resumen:
(B.O.E. número 306, del 22 de diciembre de 2000.
12
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/12/2000
Resumen:
BOE núm. 174, del 21 de julio, disp. 13796.
13
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/04/2000
Resumen:
B.O.E. núm. 313, del 31 de diciembre, disp. 24920.
14
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/10/1999
Resumen:
Orden de 6 de mayo de 1999, por la que se desarrolla el capítulo de título IV de título IV del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de otorgamiento de autorizaciones de transporte internacional de viajeros por carretera. B.O.E. núm. 137, del 9 de junio, disp. 12840.
15
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/11/1998
Resumen:
Resolución de 30 de julio de 1998, de la Dirección General de Ferrocarriles y Transportes por Carretera, por la que se dictan reglas en materia de tarifas de los servicios públicos regulares permanentes de uso general de transporte de viajeros por carretera. B.O.E. núm. 188, del 7 de agosto, disp. 19103
16
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1996
17
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
1995
Resumen:
Las órdenes que regulan las distintas autorizaciones de transporte discrecional de mercancías y de viajeros por carretera y de arrendamiento de vehículos con conductor, de 3 y 4 de febrero y 14 de junio de 1993 (Revista, núms. de junio y octubre de 1993) no regulan la facultad de la Administración de suspender de oficio las autorizaciones cuando el vehículo dejara de estar afecto a éstas. Con la f... ver másLas órdenes que regulan las distintas autorizaciones de transporte discrecional de mercancías y de viajeros por carretera y de arrendamiento de vehículos con conductor, de 3 y 4 de febrero y 14 de junio de 1993 (Revista, núms. de junio y octubre de 1993) no regulan la facultad de la Administración de suspender de oficio las autorizaciones cuando el vehículo dejara de estar afecto a éstas. Con la finalidad de regular expresamente dicha facultad, se modifican las citadas órdenes.> A los fines de las mismas y de las del 4 de febrero de 1993 (revista junio de 1993), reguladora de las autorizaciones de las actividades auxiliares y complementarias de transporte por carretera, se introduce una nueva regulación del concepto de plazo ordinario para la rehabilitación por falta de visado.> A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos (Rev., febrero de 1995), se establece la exigencia de que, en todo caso, sea necesario portar la tarjeta ITV actualizada, para realizar el visado de las autorizaciones.> Por último se procede a regular la posibilidad de que los titulares de autorizaciones de transporte público que así lo estimen oportuno, soliciten su sustitución por otras de transporte privado referidas al mismo vehículo, cuando cesen en la prestación de transporte por cuanta ajena. ver menos
Página: 1/1