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1
Evento:
Congreso de Responsabilidad Civil y Seguro
Fuente:
Fecha:
26/06/2017
Resumen:
Ponencia que aborda:

Los seguros multirriesgo en cifras

La cobertura de R.C. en los seguros multirriesgo

Problemáticas de la cobertura de R.C.
2
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/06/2009
Resumen:
En la mayoría de los seguros de daños, sobre todo en los relacionados con el aseguramiento de industrias o negocios, uno de los mayores conflictos que surgen entre aseguradora y asegurado es el tema del infraseguro y su aplicación. Aunque en principio la Ley del Contrato de Seguro, parece dejar clara la regulación de este tema, no son pocas las pólizas que, a través de su articulado, introducen cl... ver másEn la mayoría de los seguros de daños, sobre todo en los relacionados con el aseguramiento de industrias o negocios, uno de los mayores conflictos que surgen entre aseguradora y asegurado es el tema del infraseguro y su aplicación. Aunque en principio la Ley del Contrato de Seguro, parece dejar clara la regulación de este tema, no son pocas las pólizas que, a través de su articulado, introducen cláusulas oscuras que dificultan la interpretación de cuáles van a ser las consecuencias en el caso de que tras la ocurrencia del riesgo asegurado, se compruebe que existe una diferencia entre el valor del bien o bienes asegurados y el valor realmente declarado en la póliza.
La presente resolución analiza el supuesto planteado, a través de la reproducción de las distintas opiniones doctrinales que existen cerca del mismo, determinando e este modo si la regla de la proporcionalidad es disponible o no por las partes a la hora de pactar las condiciones del seguro. Asimismo, se plantea el tema de la interpretación de los contratos de seguro ante la existencia de cláusulas oscuras, insistiéndose que en todo caso, ante la existencia de varias posibilidades, la interpretación correcta será aquella que se haga para favorecer los intereses del asegurado ver menos
3
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
12-03-2007
Resumen:
Comentario a la sentencia del Tribunal Supremo en el caso en el que un asegurado reclama la indemnización por daños sufridos en las instalaciones y en las mercancías como consecuencia de unas inundaciones, frente al Consorcio, obligado legalmente a la cobertura de este siniestro.
Un único informe pericial fijó el importe de los daños, informe formulado por el perito que designó la actora. La en... ver más
Comentario a la sentencia del Tribunal Supremo en el caso en el que un asegurado reclama la indemnización por daños sufridos en las instalaciones y en las mercancías como consecuencia de unas inundaciones, frente al Consorcio, obligado legalmente a la cobertura de este siniestro.
Un único informe pericial fijó el importe de los daños, informe formulado por el perito que designó la actora. La entidad demandada opone que la actora no ha acreditado que las inundaciones afectaran a su local y a las mercaderías, ni la extensión del daño, y la peritación aportada es única al haber impedido la actora el acceso a la documentación necesaria para elaborarla.
La entidad recurrente denuncia la infracción del artículo 38 de la Ley del Contrato de Seguro en cuanto, a que impone la fijación de los daños, y en consecuencia de la indemnización, según han quedado determinado en el informe emitido por el perito designado por la asegurada, sin intervención de ninguno de los que nombró el Consorcio, y sin llegarse a la designación de un tercer perito.
La cuestión se contrae a determinar si, habiendo designado perito el Consorcio, y recibido por éste el dictamen del nombrado por la asegurada, es o no conforme a Derecho que, ante la renuncia del nombrado en primer lugar, pueda el Consorcio designar otro o haya de atenerse al ya nombrado. ver menos
4
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
13-11-2006
Resumen:
Sentencia del Tribunal Supremo. El proceso tiene por objeto la reclamación por un asegurado de la indemnización correspondiente a un seguro combinado por haberse producido el siniestro de robo correspondiente al riesgo pactado. La conclusión es que el artículo 38 de la LCS no puede servir como base para probar o no la preexistencia de los objetos asegurados, sino tan solo para determinar el monto... ver másSentencia del Tribunal Supremo. El proceso tiene por objeto la reclamación por un asegurado de la indemnización correspondiente a un seguro combinado por haberse producido el siniestro de robo correspondiente al riesgo pactado. La conclusión es que el artículo 38 de la LCS no puede servir como base para probar o no la preexistencia de los objetos asegurados, sino tan solo para determinar el monto de la liquidación del siniestro una vez que se ha acreditado, por otros medios, los bienes preexistentes al momento del siniestro. ver menos
5
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
09-10-2006
Resumen:
Una entidad suscribe una póliza Multirriesgo Industrial Pyme y con el tiempo negocia varias prórrogas de la póliza. Al producirse un robo en la nave asegurada, se emite un informe de peritación en que se pone de manifiesto que la empresa asegurada había quedado cerrada, sin actividad ni presencia de trabajadores.
La aseguradora remite, por conducto notarial, la carta de notificación y finiquito... ver más
Una entidad suscribe una póliza Multirriesgo Industrial Pyme y con el tiempo negocia varias prórrogas de la póliza. Al producirse un robo en la nave asegurada, se emite un informe de peritación en que se pone de manifiesto que la empresa asegurada había quedado cerrada, sin actividad ni presencia de trabajadores.
La aseguradora remite, por conducto notarial, la carta de notificación y finiquito del siniestro de robo, así como la anulación de la póliza a partir del día 6 de agosto de ese mismo año, ofreciendo una liquidación por el siniestro.
El 12 de septiembre se produjo un incendio de la nave, notificado a la aseguradora a través del corredor; la aseguradora no intervino por considerar que, a tal fecha, la póliza estaba anulada.
El demandante pretende la aplicación del artículo 22 de la LCS relativo a la prórroga del seguro.
El TS señala que no se trata de un supuesto de prórroga de contrato, sino de aplicación del artículo 12 de la Ley, que regula los efectos legales de la falta de declaración de las circunstancias que agravan el riesgo. ver menos
6
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
03-07-2006
Resumen:
Sentencia del Tribunal Supremo en la que se concluye que notificar las agravaciones del riesgo es un deber postcontractual que corresponde al asegurado dentro del tracto sucesivo en el que se marca el contrato de seguro. No cumplir con esta obligación faculta a la entidad aseguradora para aplicar consecuencias altamente gravosas para el asegurado infractor.
7
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/12/2001
Resumen:
Audiencia Provincial de Pontevedra; Sección quinta, sentencia de 18 de octubre de 2000: Seguro de multirriesgo industrial. Una vez acaecido el siniestro, la función del Corredor de Seguros consistirá en una labor de asistencia y asesoramiento pero nunca en la de toma de decisiones con carácter vinculante para el asegurador, el que sólo puede sustituir el pago de la indemnización por la reposición ... ver másAudiencia Provincial de Pontevedra; Sección quinta, sentencia de 18 de octubre de 2000: Seguro de multirriesgo industrial. Una vez acaecido el siniestro, la función del Corredor de Seguros consistirá en una labor de asistencia y asesoramiento pero nunca en la de toma de decisiones con carácter vinculante para el asegurador, el que sólo puede sustituir el pago de la indemnización por la reposición o reparación del objeto siniestrado cuando el asegurado así lo consienta. ver menos
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