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1
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Madrid
Fecha: 
01/06/2012
Resumen: 
El objetivo de este artículo es reflexionar sobre un tema relativamente poco tratado. En efecto, por una parte el seguro de caución, a pesar de su enorme importancia y repercusión en las relaciones mercantiles y administrativas, tal vez por sus especificidades, no es de los más conocidos y, por otra parte, las sociedades cooperativas son grandes desconocidas. Realmente su número, comparado con el ... ver másEl objetivo de este artículo es reflexionar sobre un tema relativamente poco tratado. En efecto, por una parte el seguro de caución, a pesar de su enorme importancia y repercusión en las relaciones mercantiles y administrativas, tal vez por sus especificidades, no es de los más conocidos y, por otra parte, las sociedades cooperativas son grandes desconocidas. Realmente su número, comparado con el de las sociedades de capital es pequeño, no obstante, considero que el cooperativismo, en sentido general, resulta una opción para emprendedores con pocos recursos y, en el caso específico de las cooperativas de viviendas, para adquirir éstas a un precio inferior al del mercado. La Ley de Ordenación de la Edificación de 1999, contempla la posibilidad para las cooperativas de utilizar el seguro de caución en distintos momentos del proceso constructivo. Primeramente para garantizar las cantidades anticipadas por los socios y, posteriormente, para garantizar la calidad de la construcción. Como expresa el título de este trabajo, en él se analizará cómo funciona este seguro cuando el asegurado es una cooperativa de viviendas. ver menos
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Madrid
Fecha: 
01/05/2012
Resumen: 
Recurso de casación interpuesto por los tres administradores de Inneber, S.L., quienes recurren la sentencia de apelación que les obliga a responder de una deuda contraída por la mencionada sociedad, derivada de trabajos realizados por Insersa XXI, S.A., así como por un préstamo recibido de esta sociedad. En esta Sentencia se razona acerca del carácter punitivo o no de la responsabilidad exigida a... ver másRecurso de casación interpuesto por los tres administradores de Inneber, S.L., quienes recurren la sentencia de apelación que les obliga a responder de una deuda contraída por la mencionada sociedad, derivada de trabajos realizados por Insersa XXI, S.A., así como por un préstamo recibido de esta sociedad. En esta Sentencia se razona acerca del carácter punitivo o no de la responsabilidad exigida a los administradores, sobre el carácter irretroactivo de la responsabilidad por deudas de los administradores, así como sobre la determinación del diez a quo para computar el plazo de convocatoria de la Junta General. ver menos
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Madrid
Fecha: 
01/04/2012
Resumen: 
La sentencia comentada profundiza en el tema de la exigencia de responsabilidad solidaria a los administradores en caso de incumplimiento de las obligaciones sociales en los términos establecidos por la Ley.
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