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Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
18-02-2008
Resumen:
El Tribunal Supremo ha resuelto una de las cuestiones más controvertidas en materia de valoración de daños personales derivados de accidentes de circulación.
El Supremo concluyó que el Baremo a aplicar, en cuanto a régimen legal, será el vigente a la fecha en el que se produce el accidente. Sin embargo, teniendo en cuenta la cantidad de accidentes en los que las lesiones no quedan determinadas ... ver másEl Tribunal Supremo ha resuelto una de las cuestiones más controvertidas en materia de valoración de daños personales derivados de accidentes de circulación.
El Supremo concluyó que el Baremo a aplicar, en cuanto a régimen legal, será el vigente a la fecha en el que se produce el accidente. Sin embargo, teniendo en cuenta la cantidad de accidentes en los que las lesiones no quedan determinadas hasta un momento posterior, el Tribunal Supremo entiende que, para la valoración de las lesiones concretas y cálculo de la indemnización, habrá que atender a las cantidades establecidas en el Baremo vigente a la fecha del alta definitiva del lesionado. ver menos
El Supremo concluyó que el Baremo a aplicar, en cuanto a régimen legal, será el vigente a la fecha en el que se produce el accidente. Sin embargo, teniendo en cuenta la cantidad de accidentes en los que las lesiones no quedan determinadas ... ver másEl Tribunal Supremo ha resuelto una de las cuestiones más controvertidas en materia de valoración de daños personales derivados de accidentes de circulación.
El Supremo concluyó que el Baremo a aplicar, en cuanto a régimen legal, será el vigente a la fecha en el que se produce el accidente. Sin embargo, teniendo en cuenta la cantidad de accidentes en los que las lesiones no quedan determinadas hasta un momento posterior, el Tribunal Supremo entiende que, para la valoración de las lesiones concretas y cálculo de la indemnización, habrá que atender a las cantidades establecidas en el Baremo vigente a la fecha del alta definitiva del lesionado. ver menos
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Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
05-02-2007
Resumen:
En 1998, se produjo la rotura del dique de contención de la balsa de residuos mineros propiedad de Boliden Apirsa S.L. en Aznalcóllar. La rotura dio lugar a un vertido de más de tres millones de metros cúbicos de agua ácida y aproximadamente dos millones de metros cúbicos de lodo contaminante al río agrio y Guadiamar, en la zona de influencia del parque natural de Doñana.
La autora comenta los... ver másEn 1998, se produjo la rotura del dique de contención de la balsa de residuos mineros propiedad de Boliden Apirsa S.L. en Aznalcóllar. La rotura dio lugar a un vertido de más de tres millones de metros cúbicos de agua ácida y aproximadamente dos millones de metros cúbicos de lodo contaminante al río agrio y Guadiamar, en la zona de influencia del parque natural de Doñana.
La autora comenta los procedimientos en los que se han depurado las posibles responsabilidades y resume las conclusiones que pueden extraerse de la sentencia desestimatoria. ver menos
La autora comenta los... ver másEn 1998, se produjo la rotura del dique de contención de la balsa de residuos mineros propiedad de Boliden Apirsa S.L. en Aznalcóllar. La rotura dio lugar a un vertido de más de tres millones de metros cúbicos de agua ácida y aproximadamente dos millones de metros cúbicos de lodo contaminante al río agrio y Guadiamar, en la zona de influencia del parque natural de Doñana.
La autora comenta los procedimientos en los que se han depurado las posibles responsabilidades y resume las conclusiones que pueden extraerse de la sentencia desestimatoria. ver menos
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