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Fuente:
La Ley
Fecha:
10/09/2018
Resumen:
Daños sufridos por una espectadora como consecuencia de un balonazo recibido durante un calentamiento previo a un partido de fútbol. Asunción del riesgo por la víctima. Inaplicación de la doctrina del riesgo. No cabe invocación de la inversión de la carga de la prueba.
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